Compartimos contigo respuestas a las 8 preguntas más frecuentes sobre las Prestaciones Sociales, esperamos estas claves te sirvan de guía para conocer mejor tus derechos y obligaciones como trabajador o empleador.

 

1. ¿Qué son las prestaciones sociales?

Son el pago en dinero que se realiza al finalizar la relación de trabajo, tiene como propósito servir de sostén económico al trabajador desempleado por el tiempo que se encuentra cesante. Su pago es una obligación del empleador y un derecho del trabajador según el Art. 141 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (D-LOTTT)

 

2. ¿Cómo se calculan las prestaciones sociales?

Existen dos regímenes de cálculo. (Art. 142 D-LOTTT) El Fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales opera mientras el trabajador está empleado y el retroactivo, que se usa al finalizar la relación de trabajo y establece el pago de 30 días de salario integral por año de servicio. Se pagará lo más beneficioso para el trabajador.

 

3. ¿Qué es el Fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales?

Es el depósito trimestral de 15 días de salario integral a la cuenta de prestaciones sociales del trabajador. El salario integral está compuesto por el salario básico, alícuota de bono vacacional, alícuota de utilidades, bonos (excepto bono de alimentación) y demás pagos en dinero que el empleador realice de forma regular y permanente al trabajador.

El depósito puede hacerse en la contabilidad de la empresa o en un banco. El trabajador debe indicar por escrito dónde quiere que se depositen. El empleador está obligado a entregar al trabajador cada semestre un informe detallado del capital y los intereses acumulados. (Art. 142 D-LOTTT)

El fondo de garantía de las prestaciones sociales gana intereses mensuales. Estos intereses se pagarán al trabajador cada vez que cumpla año de servicio. Si el trabajador desea capitalizarlos, deberá informarlo por escrito.

 

Sólo se entregan de forma anual LOS INTERESES se ha extendido la praxis de entregar anualmente el adelanto del 75% del fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales, aunque el trabajador no las haya solicitado.

 

4. ¿Puedo pedir un anticipo de mis Prestaciones Sociales?

Sí, será tomado del fondo de garantía y al finalizar la relación de trabajo se descontará del monto a pagar. El máximo del adelanto es 75% del acumulado y el Art. 144 de el D-LOTTT establece que sólo podrás solicitarlo en estos casos:

  • Construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda para tí y tu familia;
  • Liberación de hipoteca o cualquier otro gravamen sobre vivienda de tu propiedad;
    Inversión en educación para tí o tu familia
  • Gastos por atención médica y hospitalaria para tí y tu familia.

Al solicitarlo deberás demostrar a tu empleador que el dinero será utilizado para cualquiera de estos motivos. El empleador tiene el derecho y deber de exigir estas pruebas que sustenten la solicitud de anticipo de prestaciones sociales.

 

5. ¿Puedo pedir el dinero de las prestaciones sociales para otra cosa?

No. El 75% de las prestaciones sociales sólo puede adelantarse para los supuestos previstos en el Art. 144 del D-LOTTT .

El D-LOTTT contempla en su Art. 154 que solicites un préstamo a la empresa y tus prestaciones sociales sean la garantía, hasta máximo el 50% de lo que tienes acumulado. La empresa no está obligada a darte el préstamo, queda a criterio de tu empleador.

¿Otorgas préstamos a tus trabajadores? ¡Considera estos 4 puntos!

 

6. ¿Cuándo se pagan las prestaciones sociales?

Al finalizar la relación de trabajo por cualquier causa: renuncia, despido, cierre de la empresa, muerte del trabajador. Son de exigibilidad inmediata (Art. 141, D-LOTTT), una vez se acaba la relación laboral las prestaciones deben pagarse. No es vente mañana o la próxima semana.

Tip para los que tienen negocio: si el trabajador renuncia en buen plan y decide trabajar el preaviso (no está obligado), ve sacando tu cuenta y el último día paga las prestaciones.

 

7. ¿Cómo se pagan las prestaciones sociales?

Este es un proceso delicado, tanto para el empleador como para el trabajador, e involucra distintos artículos de el D-LOTTT. No entraré a tocar en detalle el proceso de terminación de la relación de trabajo. Te diré que al menos se debe entregar:
• Cuadro detallado del Fondo de Garantía que incluya: salario base, componentes del salario integral considerados, días acreditados, tasa de interés, interés acreditado, monto acumulado, pago de intereses y anticipos solicitados.
• Cálculo comparativo que determina lo más beneficioso para el trabajador entre el Fondo de Garantía y el método retroactivo de 30 días por año.
• Recibo detallado de la liquidación, incluyendo deducciones.
• Comprobante de transferencia bancaria realizada al trabajador para el pago de sus prestaciones sociales.

 

8. ¿Dónde puedo aprender más del cálculo de las Prestaciones Sociales?

Aprende con el equipo de Nayma Consultores, tenemos para tí:

  • Guía Práctica de Prestaciones Sociales. Un ebook repleto de información, casos prácticos, referencias a la norma, hojas de cálculo y formatos editables ¡compra aquí!
  • MiniClase de Prestaciones Sociales. Este vídeo está disponible en nuestro canal de YouTube, es una sesión de preguntas y respuestas donde atendemos algunas  de las inquietudes más frecuentes. Es una cortesía de Nayma Consultores ¡clic aquí!
  • Preguntas Frecuentes de Prestaciones Sociales. Un artículo donde damos respuesta a las preguntas que más nos hacen sobre gestión de Prestaciones Sociales ¡clic aquí!

 

¡Estamos aquí para ayudarte!

Guía Práctica – Prestaciones Sociales y Liquidacion

La guía práctica es tu acompañante perfecto en el cálculo de Prestaciones Sociales y Liquidación, excelente para aclarar dudas, revisar tus cálculos y dominar este aspecto de la nómina.

Es ideal para responsables de nómina, profesionales de Administración, Contaduría y RRHH.

En ella tienes: casos prácticos, infografías, referencias a la legislación, citas de sentencias relevantes, ejemplo de Liquidación con Hoja de Cálculo para facilitar tu comprensión.

También hay hojas de cálculo editables para: Fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales e Intereses, Liquidación: renuncia / despido justificado / despido injustificado y formatos de gestión del fondo de garantía. 

¡Compra aquí!

 

Sobre las autoras

Nancy Aguirre Lcda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales  en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

#|LABORAL|# #/1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12/#

¡Suscríbete a Nayma Consultores! Y así recibirás información actualizada en tu buzón de correo electrónico, invitaciones a eventos y seminarios, promociones y precios especiales en nuestras actividades presenciales y en línea.

 

Nayma Consultores es una iniciativa de Nancy Aguirre y Mariela Llovera. Todos los derechos Reservados. Prohibida su reproducción total o parcial sin autorización expresa de los autores. ¡Lea las condiciones de uso aquí!

 

mayo 3, 2022

Los leo desde hace muchos años y soy testigo de su dedicación y empeño en dar lo mejor en sus escritos y profesionalismo 👏🔥🙌❤️