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El Ejecutivo promete incrementos no salariales en vez de aumento de Salario Mínimo

Anuncios laborales del 1° de Mayo de 2023 en Venezuela

Gaceta Oficial – Aumento de Cestaticket 2023

De acuerdo con el decreto publicado, el Cestaticket Socialista será de mil bolívares a partir del 1° de Mayo de 2023. Da clic en el botón verde y lee información actualizada.

Desde el 15 de Marzo de 2022 el Salario Mínimo en Venezuela es de Bs. 130.00 al mes, lo que, al momento de escribir esta nota, equivale a 5.25 USD.

Aunque en el sector privado algunos trabajadores pueden devengar salarios superiores a Bs. 130.00 mensuales, no es menos cierto que cada vez son más populares las prácticas de “bonificación” del ingreso de los trabajadores donde, se reconoce como salario únicamente el Salario Mínimo y el resto de lo pagado, sea en bolívares o en moneda extranjera, se denomina “Bono No Salarial”. 

En algunos casos las bonificaciones se enmarcan correctamente en lo establecido en el D-LOTTT, mientras que en otras organizaciones se trabaja con esta denominación sin mayor respaldo y “a riesgo” con el propósito, en ambos casos, de disminuir el impacto de las Prestaciones Sociales en los Pasivos Laborales, tema que afecta directamente la competitividad de las empresas en escenarios económicos volátiles, como el venezolano. De esto hemos hablado ampliamente en nuestro sitio web y también en las MasterClass que al respecto ha dictado nuestro equipo.

En todo caso, existían expectativas tanto entre trabajadores como empleadores respecto al ajuste del Salario Mínimo que se esperaba anunciara el Ejecutivo el 1° de Mayo de 2023.  En esta oportunidad, el jefe del Ejecutivo Nacional, ha preferido anunciar que los incrementos se realizarán por la vía del Cestaticket Socialista, un beneficio de carácter no salarial previsto en el Art. 105.2 del D-LOTTT y en el Decreto Ley de Cestaticket Socialista. Todo parece indicar que el Sueldo Mínimo permanecería en Bs. 130.00.  De acuerdo con nuestro criterio, es indispensable esperar la publicación en Gaceta Oficial de los ajustes anunciados por el Ejecutivo Nacional.

¿Cuáles fueron los anuncios laborales hechos el 1° de Mayo de 2023?

La tarde del 1° de Mayo de 2023, el Sr. Nicolás Maduro, anunció en una concentración realizada en la ciudad de Caracas, lo siguiente:

  • Cestaticket Socialista a 40 USD mensuales
  • Bono de Guerra Económica a 30 USD mensuales (inicialmente ofreció 20 USD y la mañana del 2 de Mayo de 2023 ofreció 10 USD adicionales)

Adicionalmente aseguró que aplicará a ambos conceptos el “criterio de la indexación” para que “no se deteriore con el cambio del valor del dólar”.  Lo que podría llevar a pensar que se se usaría el USD como moneda de cuenta de la obligación. Aunque, para tener claridad se requiere el Decreto Ejecutivo publicado en Gaceta Oficial.

Salario de los trabajadores del Sector Privado

Ingreso Mínimo de trabajador bajo relación de dependenciaMonto pagado por el empleador

VESUSD% del ingreso
Salario Mínimo Bs.    130.00 USD      5.2512%
Cesta Ticket Bs.    990.00 USD    40.0088%
Total Bs.1’120.00 USD    45.25100%
Tasa de Cambio BCV al 02/05/2023: Bs. 24.75

Es importante tener presente que los beneficios en dinero que reciben algunas personas a través del sistema “Patria” son subvenciones que otorga el Estado a determinados ciudadanos y que, en el caso de los trabajadores del sector privado, son independientes de la relación laboral que tienen con su empleador.

Es posible, como en efecto sucede, que trabajadores del sector privado no estén inscritos en dicha plataforma o, que a pesar de estar inscritos en ella, no reciban las subvenciones o “Bonos” que otorga el Estado a través de ella.

Hasta dónde tenemos conocimiento, el «Bono de Guerra Económica» es exclusivo de trabajadores del Sector Público y pensionados.

Ahora bien, es importante recalcar que este bono es ofrecido y pagado exclusivamente por el Estado mediante la plataforma indicada y que no es una obligación del empleador privado substituir el pago de una ayuda estatal.

Consideramos que tampoco sería recomendable usar el término “Bono de Guerra Económica” para hacer pagos regulares y permanentes a la nómina con la expectativa de, que al usar dicho término, sea desprovisto de carácter salarial. Recordemos que los pagos no salariales se encuentran especificados en el Art. 105 del D-LOTTT

Salario de los trabajadores del Sector Público

Ingreso Mínimo de trabajador bajo relación de dependenciaMonto pagado por el empleador y Bono Plataforma Patria

VESUSD% del ingreso
Salario Mínimo Bs.    130.00 USD      5.257%
Cesta Ticket Bs.    990.00 USD    40.0053%
Bono de Guerra Económica Bs.    742.50 USD    30.0040%
Total Bs.1’862.50 USD    75.25100%
Tasa de Cambio BCV al 02/05/2023: Bs. 24.75

En el caso de los trabajadores registrados en la plataforma Patria y que reciben los bonos otorgados por el Estado a través de ella, el ingreso mínimo mensual sería equivalente a USD 75.25

Este es el escenario probable de los empleados públicos que se encuentran en la base de sus escalafones.

El caso de los pensionados

Ingreso de Pensionado IVSS
VESUSD
Pensión IVSS Bs.    130.00 USD      5.25
Tasa de Cambio BCV al 02/05/2023: Bs. 24.75

Todo parece indicar que, en el caso de los pensionados del IVSS que no están registrados en la plataforma Patria, o que estando registrados en ella no reciben las subvenciones estatales en forma de “Bonos”, percibirán única y exclusivamente el Salario Mínimo de Bs. 130.00 vigente desde Marzo 2022.

Es necesario esperar la publicación en Gaceta Oficial de los ajustes anunciados para tener la certeza de que los pensionados del IVSS permanecerán recibiendo únicamente Bs. 130.00 por su pensión.

Pensionado IVSS inscrito en Plataforma Patria
VESUSD
Pensión IVSS Bs.    130.00 USD      5.25
Bono de Guerra Económica Bs.    742.50 USD    30.00
Total Bs.    872.50 USD    35.25
Tasa de Cambio BCV al 02/05/2023: Bs. 24.75

Si el pensionado está inscrito en la Plataforma Patria, recibiría el Bono de Guerra Económica, para un ingreso mensual equivalente a 35.25 USD. Un poco más de un dólar diario.

Pensionado de la Administración Pública
VESUSD
Bono de Guerra Económica Bs.1’212.75 USD    49.00
Tasa de Cambio BCV al 02/05/2023: Bs. 24.75

De acuerdo con publicaciones en la red social Twitter del Sr. Francisco Torrealba, Ministro del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, los pensionados de la Administración Pública tendrá un Bono de Guerra Económica equivalente a USD 49.00 además del monto que vienen cobrando por concepto de jubilación.

¿Por qué estamos esperando la Gaceta Oficial?

La parte final del Art. 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: «El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento»

Por su parte, en el Art. 129 del D-LOTTT establece que: «Previo estudio y mediante Decreto, el Ejecutivo Nacional fijará cada año el salario mínimo.»

Por tanto, es indispensable esperar la publicación del Decreto Ejecutivo en Gaceta Oficial para conocer:

  • Fecha de entrada en vigencia del aumento del Cestaticket Socialista.
  • Visto que no es la primera vez que se promete un aumento «indexado», también es necesario conocer si efectivamente se usará como moneda de cuenta una moneda extranjera.
  • En caso de usar una divisa como moneda de cuenta el decrecto deberá aclarar si será el Dólar de los Estados Unidos de América (USD) o se usará la «Moneda de Mayor Valor publicada por el Banco Central de Venezuela» como unidad de cuenta del beneficio para el pago en Bolívares.

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Encuentras referencias legales y citas a sentencias del TSJ. Está acompañada con una hoja de cálculo formulada en Excel donde puedes ver el detalle de las operaciones matemáticas presentadas en la guía.

Sobre las autoras

Nancy Aguirre

Socia Fundadora

Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 50 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

Mariela Llovera

Mariela Llovera

Socia Fundadora

Abogado, Lcda. en Relaciones Industriales y Avaluadora Profesional.  Consultora en Gestión del Talento, Relaciones Laborales, Tributos y Derecho Mercantil. Posee experiencia en consultoría para PYMES en diversos sectores y tipos de industria. Se ha formado en Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Fundadora de Nayma Consultores. Miembro de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana (CAVENIT) Seccional Aragua. Distinguida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su aporte a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Adicionalmente es conferencista frecuente de los Colegios de Contadores Públicos de Aragua y Miranda.

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¡Excelente!

Me gustan los temas que exponen, son muy precisos. Los felicito por el empeño que hacen en compartir todas estas enseñanzas. Aunque este fuera del país me encantaría seguir aprendiendo, ya que cada día una aprende más de los contenidos tributario

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28 comentarios en “Anuncios laborales del 1° de Mayo de 2023 en Venezuela”

    1. Nayma Consultores

      Hola Alis,

      Muchas gracias por apreciar el trabajo que hacemos. Si esta publicación te resultó de utilidad, siéntente libre de compartirla con quién pueda necesitar leerla.

  1. Fabiana Manrrique

    Excelente sus artículos, sencillo de entender.
    Pero a nivel legal es confuso ya que los empleados del sector privado como lo nombran se utiliza muchas veces bonificados no salarial para que no incida en prestaciones, pero a final según la LOTTT las bonificaviones recurrentes pasan a ser parte del mismo.
    Pero ya que el Ejecutivo Nacional tomó este término puede que los empleadores del sector privado también quieran utilizarlo aunque existen riesgos.
    Esperemos la gaceta aclare esos puntos con respecto al sector privado. Por parte del sector público creo quedo más claro todo.

  2. Maria Eugenia Moreno Marquez

    Muy clara y especifica en la explicación que se dio para cada caso en especifico, lo que es decir aun estamos con un gran vacío Legal y de aplicación sobre le anuncio que presento el presidente mas aun sin tener un GOE para dar respuesta a cada una de las inquietudes presentadas.

  3. Interesante el articulo y muy claro todo… Excelente! Tengo una duda, el pago del cesta ticket se debe continuar cancelando en la tarjeta de alimentacion o se podra dar en efectivo o deposito en cuenta nomina?

    1. Nayma Consultores

      Hola Carmen,

      Gracias por apreciar el trabajo que hacemos. El cestaticket se paga, preferentemente mediante tarjeta de aliementación, a menos que tengas menos de veinte trabajadores o por circunstancias especiales los trabajadores no puedan usar la tarjeta de alimentación. En todo caso, esto debe notificarse a la inspectoría del trabajo.

      Para profundizar, solicita una Consulta en Linea de RRHH y con todo gusto nuestro equipo te brindará atención personalizada. La puedes agendar a través de este enlace https://l.naymaconsultores.com/Tienda/i/136

  4. BELKIS AÑANGUREN

    Muy bien , solo debe corregir que el Bono para los Pensionados del Ivss lo dejaron en 20$ según el ministro del Trabajo.

  5. Mil gracias por compartir la información!
    En el caso de Cesta ticket se sigue otorgando por día laborado? Es decir 40 USD entre 22 días hábiles para determinar el valor diario?

  6. angelica arreaza

    Buenas tardes, gusto en saludarles, con respecto a este incremento, que por supuesto debemos esperar la G.O (si la publican), que pasará con la dotación alimenticia (bolsa de comida) que las empresa le dan a los trabajadores para compensar el antiguo bono de alimentación? se debe seguir dando o automáticamente queda suprimida ante el nuevo aumento?

    1. Nayma Consultores

      Hola Angélica,

      La decisión que tomará la empresa respecto a la bolsa de comida es algo que debe evaluarse detalladamente. Ten presente que ya fue publicado el Decreto de Aumento de Cestaticket Socialista en Gaceta Oficial y debes prestar atención al artículo 8 del texto normativo. Lo puedes descargar en el siguiente enlace https://naymaconsultores.com/publicada-gaceta-oficial-de-aumento-de-cestaticket-mayo-2023/

      Dar respuesta a tu inquietud escapa del alcance de lo que se puede manejar en comentarios del blog, recuerda que este es un espacio de divulgación. Para atención personalizada, cuentas con el servicio de consulta en línea que puedes solicitar a través de este enlace –> https://l.naymaconsultores.com/Tienda/i/136

  7. María De Sousa

    Excelente artículo, muy detallado su explicación y como ustedes lo indicaron hay que esperar la gaceta oficial, que hasta la fecha de hoy no ha salido publicado

    1. Nayma Consultores

      Hola María,
      Gracias por apreciar el trabajo que hacemos. En efecto, seguimos en espera de la Gaceta Oficial donde se publique el Decreto.

    1. Nayma Consultores

      Hola José Jesús,
      Gracias por apreciar el trabajo que hacemos. Seguimos en espera de la publicación de la Gaceta Oficial.

  8. Franklin Ramirez

    Magnifica aclaratorias, pero como ustedes dicen habria que esperar el decreto oficial a ver como quedo tipificado….
    Gracias por mantenernos al dìa, viva la clase trabajadora, sea de donde sea.
    Ate.
    Franklin Ramirez.

  9. Buenos días, Gracias por la información, muy clara y sencilla de entender. Aunque seguimos esperando la Gaceta, que quizá no aparezca como en años anteriores.

  10. Hola, una consulta, en el caso del cestaticket, igual se debe cancelar a todos los trabajadores, incluso los que ganan más de 3 salarios mínimos?

  11. Excelente articulo, me gustaria que me aclararan como quedan los profesionales que laboran para los dos sectores, tanto publico como privado. Tienen el derecho de recibir el beneficio por cada sector?

    1. Nayma Consultores

      Hola Sandra,

      Gracias por escribirnos. Si trabajas para varios patronos BAJO RELACION DE DEPENDENCIA, tienes derecho al pago del salario y beneficios de ley correspondientes de forma proporcional a cada patrono. Recuerda, esta no es una consulta vinculante, somos profesionales dedicados a la atención de empresas y los comentarios reflejados en nuestro sitio web no pretenden brindar consultas ni asesorías, este es solo un espacio de divulgación de información.

  12. Buenas tardes,

    Excelente artículo… Sin embargo, deseo consultar lo siguiente:

    Como remuneración integral nos otorgan un Bono complemento nómina de USD 50$; desde septiembre 2022 pero en abril 2023 el patrón decidió arbitrariamente cambiar el concepto a bono de alimentación, para no generar pasivos laborales (esta acción no ha sido informada de forma oficial a los empleados, pero fue ejecutada internamente) y adicionalmente nos pagaban los 45 bs del cestaticket. Ahora indican que como ya percibimos el bono de alimentación no van realizar el ajuste de los 40$, por lo que mucho sabría agradecer que me apoyen aclarándome si legalmente es procedente:

    1 ¿pueden cambiar el concepto del bono complemento nomina a bono de alimentación arbitrariamente para beneficios solo de la empresa? Esto porque no genera pasivos y al momento de la liquidación se toma en cuenta el salario base sin las bonificaciones de carácter social…

    2 ¿Es procedente no realizar el incremento del cestaticket 2023 aun cuando ya lo percibías adicionalmente de los bonos que conforman tu salario integral? ¿así le hayan cambiado el nombre a uno de ellos a de forma arbitraria a bono de alimentación?

    1. Nayma Consultores

      Hola Yaneisy,
      Gracias por escribirnos. Por favor ten muy presente lo siguiente: somos una firma de consultoría dedicada a la atención de empresas, nuestro sitio web es solo un espacio de divulgación de información y ningún comentario aqui publicado constituye ni substituye a una asesoría profesional. Para la debida atención de tu caso debes dirigirte a la inspectoría del trabajo de tu localidad.

Responder a Nubia RiveraCancelar respuesta

error: Nayma Consultores es una iniciativa de Nancy Aguirre y Mariela Llovera. Prohibida su reproducción total o parcial sin la autorización expresa de los autores. Para citarnos, solicite formalmente la autorización escribiendo a [email protected]