Luego del anuncio del cambio del perÃodo impositivo del IVA que, para los Sujetos Pasivos Especiales (SPE), pasará de ser quincenal, es importante preparar a nuestros equipos de trabajo para las modificaciones que necesitarán hacerse a lo interno de las organizaciones.
El 31 de Agosto de 2020 se publicó en Gaceta Oficial del texto normativo ¡clic aquÃ! En Nayma Consultores te hemos recomendado considerar los ajustes a los sistemas informáticos, estimar el precio a pagar por estas adecuaciones y, por supuesto, refrescar la información y formación tributaria del talento humano en nuestro negocio.
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¿Deberán modificarse los libros auxiliares del IVA si el perÃodo impositivo es quincenal?
La respuesta corta es ¡sÃ! Ahora, lo importante es entender por qué va a ocurrir esta modificación y cuáles son los fundamentos legales de estos cambios.
Para eso, vamos a consultar tanto el D-Ley del IVA como el Reglamento de la Ley del IVA, y asà identificar cuáles artÃculos nos mencionan libros, registros contables, declaraciones y perÃodo impositivo.
Las operaciones deben registrarse en el mes calendario en el que ocurren (ArtÃculo 56, D-Ley del IVA) En general, el perÃodo de imposición de este tributo es un mes calendario (Ver artÃculo 32 del D-LIVA) pero los Sujetos Pasivos Especiales sufrieron la alteración del perÃodo impositivo en Septiembre 2018 cuando los llevaron de mensual a semanal.
Se debe declarar y pagar en el lugar, fecha, forma y condiciones que establezca el reglamento (ArtÃculo 47, D-Ley del IVA). En el reglamento se indica que los contribuyentes calificados como especiales pueden tener fechas y lugares de pago singulares (ver artÃculo 60 del Reglamento de la Ley del IVA). Estas fechas singulares están en el Calendario de Obligaciones que emite la Administración Tributaria. Claro, el reglamento hace referencia al perÃodo mensual, que existÃa antes y como bien sabemos todo eso cambió para los SPE en 2018.
La determinación y pago del tributo debe realizarse en el formulario autorizado por la Administración Tributaria (también está en el artÃculo 60 del reglamento) En este caso sabemos que el formulario electrónico dispuesto en el portal fiscal del SENIAT es el autorizado para hacer la declaración. (Menciona la Providencia Administrativa)
El vÃnculo entre los libros auxiliares del IVA y el formulario de declaración electrónica. En el artÃculo 70 del RLIVA encontramos los requisitos que deben tener los libros de compras y de ventas. Si seguimos leyendo notaremos que en el artÃculo 72 de ese mismo texto se menciona que los libros auxiliares del IVA tienen que poseer un resumen que debe coincidir con los datos de la declaración.
Ahora, si la declaración será quincenal a partir de Septiembre de 2020, fecha anunciada por el superintendente, para que los libros de compras y ventas tengan un resumen que coincida con los datos de la declaración, estos deberán hacerse quincenales.
¿Por qué es importante tener claro esto?
Si la entidad tiene un sistema automatizado de gestión tributaria y contable, es necesario pedir una propuesta de servicios al proveedor para la actualización del sistema y por supuesto, destinar recursos para el pago de este servicio.
Cuando se producen cambios normativos que afectan a una gran cantidad de contribuyentes, los equipos de soporte técnico dan prioridad a quienes los contactan primero y los demás quedan rezagados, con los inconvenientes y retrasos que eso genera.
Si la entidad lleva manualmente sus libros de compras y ventas (caso tÃpico de quienes usan Excel) entonces hay que tener presente hacer la adecuación de los formatos de los libros para que coincidan con un perÃodo de declaración quincenal.
Recuerda: Los registros contables deben coincidir con el formulario electrónico de declaración. No hacerlo es cometer un ilÃcito tributario y, con la reforma del COT, el riesgo financiero y operativo es mayor (Para saber más del DC-COT ¡clic aquÃ!)
Punto clave de atención: El libro diario y el libro mayor continúan llevándose de acuerdo al mes calendario, tal y como establece el Código de Comercio.
GuÃa Rápida del IVA Quincenal
El propósito de esta guÃa es brindar una orientación práctica frente a los cambios que representa en la gestión de un negocio la modificación temporal del perÃodo impositivo del IVA que, hasta Diciembre de 2020, será quincenal.
Elaboramos este material teniendo en mente a los responsables de la gestión tributaria en los distintos negocios que han sido calificados como Sujetos Pasivos Especiales por parte de la Administración Tributaria venezolana.
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Sobre las autoras
Nancy Aguirre Lcda. en Relaciones Industriales y ContadurÃa Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.
Mariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de TecnologÃa Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.
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Gracias por estar siempre actualizados y mantenemos a nosotros también, soy cliente fiel y lo certifico.
Buenos dÃas.
Agradecida porque siempre publican sobre los temas actuales, que a todos nos interesan.
Suerte.
Hola MarÃa,
Muchas gracias por apreciar el trabajo que hacemos.
Excelente articulo, como todos los que publican en relación con la materia tributaria… Muy especificas en sus comentarios, van directo al tema sin andar con rodeo… Felicitaciones! sigan asà para nuestro beneficio y para su satisfacción personal
Hola Julio César,
Muy agradecidos con tu comentario, la verdad. Es una satisfacción personal ver que el conocimiento que con mucho cariño les compartimos, les resulta de utilidad.
buenisimo quisiera saber donde puedo encontrar mas informacion sobre el tema actiual
Hola Mirna
Muchas gracias por apreciar el trabajo que hacemos. Encuentras más información en la GuÃa de Contribuyentes Especiales. Para comprar, da clic en el siguiente enlace https://landing.naymaconsultores.com/Tienda/i/117
Muy buen artÃculo, felicitaciones y gracias por esa información.
Hola Yusmelys, muchas gracias por leernos y apreciar el trabajo que hacemos. Esperamos que te sea de utilidad.