Accidente de Trabajo

Accidentes de trabajo ¿Por qué el hecho de un tercero no es una eximente de responsabilidad?

El hecho de un tercero es una eximente de responsabilidad regulada en el artículo 1193 del Código Civil de Venezuela, por lo que cuando el accidente de trabajo se origina como consecuencia del hecho de un tercero, el patrono no es responsable del pago de las indemnizaciones subjetivas y objetivas previstas en la legislación. Sin

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