Cuarentena y Estado de Alarma por Coronavirus en Venezuela

Nicolás Maduro, declaró este domingo la ‘cuarentena social colectiva’ en seis estados de Venezuela además de la ciudad de Caracas. Medida que entrará en vigor a partir de las 5 de la mañana del lunes 16 de Marzo de 2020 para frenar la expansión del coronavirus (COVID-19) en el país

«La cuarentena social colectiva será en las zonas donde se ha detectado la incidencia mayor de este virus importado y en las zonas donde están distribuidos los casos de cuarentena: Caracas, La Guaira, Miranda, Zulia, Táchira, Apure y Cojedes», dijo Maduro en transmisión conjunta de radio y televisión nacional.

Adicionalmente, durante el transcurso del día 15 de Marzo de 2020 se supo que los gobernadores de Aragua (Decreto 7156 ¡clic aquí!) y Carabobo (Decreto 1341¡clic aquí!)  han decretado el Estado de Alarma y el Estado de Alerta en sus jurisdicciones como consecuencia de la presencia del COVID-19 en Venezuela.

Regiones en cuarentena

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la cuarentena es la restricción del movimiento de personas sanas que han estado expuestas a un caso sospechoso o confirmado de infección por una enfermedad altamente transmisible durante el probable periodo infeccioso. Es una precaución orientada a prevenir la ulterior propagación de la infección a otras personas y ha sido una de las medidas usadas por distintos países para contener el avance del coronavirus (COVID-2019).

En el caso de Venezuela, la medida de cuarentena entrará en vigor el día 16 de Marzo de 2020 a las 5:00 a.m. en las siguientes jurisdicciones:

  • Distrito Capital (Caracas)
  • Estado Apure
  • Estado Cojedes
  • Estado La Guaira (Vargas)
  • Estado Miranda
  • Estado Táchira
  • Estado Zulia

Una medida que afecta aproximadamente a doce millones de personas, de acuerdo con los datos poblacionales del Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela para 2018 (ver aquí)

Actividades afectadas

Están suspendidas todas las actividades escolares y laborales del sector público y privado en Caracas, Apure, Cojedes, La Guaira, Miranda, Táchira y Zulia.  Se desconoce la duración de la cuarentena, dado que Nicolás Maduro no lo dijo en su alocución, por lo que deberá esperarse a la publicación del decreto para obtener este dato.

Idealmente, la Administración Tributaria, debería pronunciarse formalmente sobre el caso tanto de las fallas en el portal fiscal y la situación de los contribuyentes que en virtud de la cuarentena que afectó a estas regiones de Venezuela están materialmente imposibilitados de cumplir con sus obligaciones tributarias, en virtud de una situación de fuerza mayor prevista en el Art. 85 del DC-COT

Estamos en la espera de la publicación del decreto para preparar un artículo que considere las implicaciones laborales de esta situación, en un principio, consideramos que se trata de un caso de fuerza mayor previsto en el Art. 72 del Decreto-Ley del Trabajo, las trabajadoras y los trabajadores (D-LOTTT) así como también en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Trabajo vigente.

Actividades exceptuadas

Informó Nicolás Maduro que están exceptuados de la cuarentena:

  • Servicios esenciales y de primera necesidad.
  • Distribución de alimentos
  • Servicios de salud públicos y privados
  • Servicios de seguridad
  • Servicios de transporte.  Los transportistas están obligados a portar tapabocas

Debe considerarse el tratamiento de las actividades que no pueden interrumpirse por razones de interés público, técnicas o circunstancias eventuales de acuerdo al Art. 185 del D-LOTT y los artículos 17 al 19 del Reglamento Parcial del D-LOTTT, para ello es indispensable poseer el decreto ejecutivo donde se establece la cuarentena.

En declaraciones de Vladimir Padrino López se supo que:

  • Establecerán medidas de control de acceso a los estados declarados en cuarentena.
  • El control estará a cargo de efectivos militares. En la práctica, de acuerdo a nuestro criterio, se trata más de un toque de queda que de una cuarentena sanitaria.
  • Las personas que trabajen en las actividades exceptuadas de la suspensión laboral deberán presentar a los funcionarios militares y policiales su respectivo carnet.

Aragua y Carabobo en Alarma y Alerta

El Estado de Alarma es una situación extraordinaria declarada por el Ejecutivo cuando se produce una alteración grave de la normalidad por causa de catástrofes, calamidades, crisis sanitarias, paralización de servicios públicos esenciales.

El gobernador del Estado Aragua ha decretado la Alarma, mientras que el de Carabobo  han decretado el Estado de Alerta, en ambos decretos se instruye a las autoridades y demás funcionarios con competencia en transporte aéreo y terrestre, a velar por el estricto cumplimiento de los lineamientos y directrices de prevención emanados del Ejecutivo Nacional en la materia.

Así mismo, en Aragua y Carabobo ha instruido a sus corporaciones de salud (CORPOSALUD e INSALUD) así como a los organismos de seguridad, Protección Civil y emergencias a realizar las acciones tendentes a hacer cumplir los protocolos de prevención emanados del Gobierno Nacional para atender la emergencia por el COVID-19  en el sistema de salud tanto pública como privada.

¿Qué está suspendido?

En Aragua y Carabobo están suspendidas las siguientes actividades:

  • Eventos públicos
  • Concentraciones de personas en masa
  • Eventos deportivos
  • Eventos culturales
  • Fiestas populares
  • Actividades académicas presenciales

Adicionalmente, en Aragua se ha ordenado:

  • Cierre preventivo de locales y establecimientos comerciales, con excepción de los que vendan:
    • Alimentos y bebidas
    • Productos y bienes de primera necesidad
    • Productos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos
    • Productos higiénicos
    • Combustible para vehículos
    • Alimentos para animales domésticos.
    • Los Centros Comerciales podrán abrir sus puertas para permitir el acceso a locales que expendan estos productos.
  • El cierre de centros educativos y culturales, deportivos y de actividades físicas, centros recreativos y de ocio, salas de cine, auditorios, salas de fiesta, salas de teatro, salas de conciertos, museos, salas de juegos, bares, licorerías, locales nocturnos y demás lugares de acceso público que a juicio de las autoridades de salud supongan un riesgo público.
  • Los restaurantes y expendios de comida preparada, deberán vender comida única y exclusivamente para llevar.
  • Está prohibido el consumo de alimentos dentro de los locales donde está permitida su venta.
  • En los lugares donde está permitida la actividad comercial y laboral, deberá controlarse que se mantenga entre las personas la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.
  • La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura está permitida, será durante el tiempo estrictamente necesario para realizar la adquisición de los productos de primera necesidad.
  • Se prohíbe la aglomeración o concentración de personas en playas, ríos, balnearios y piscinas de todo tipo.
  • Se ha exhortado a las autoridades eclesiásticas y ministros de los distintos cultos y religiones a evitar las concentraciones y actos masivos de carácter religioso.

 

¿Cuánto tiempo estarán suspendidas estas actividades?

En Aragua: Durante 30 días continuos, prorrogables por el Gobernador del Estado.

En Carabobo: Durante 30 días continuos.

¿Qué está permitido?

Dado que lo que no está prohibido, está permitido, podemos decir que en Aragua y Carabobo  están permitidas las siguientes actividades:

  • Servicios de Salud Públicos y Privados
  • Servicios de Transporte Públicos y Privados, cumpliendo siempre con las instrucciones emanadas por el Ejecutivo Nacional.
  • Oficinas de la Administración Pública Nacional y Descentralizada.
  • Actividades No Comerciales: Manufactura, Agricultura, Ganadería, Logística, entre otras.
  • En nuestro criterio también están permitidas las actividades que no pueden interrumpirse por razones de interés público, técnicas o circunstancias eventuales de acuerdo al Art. 185 del D-LOTT y los artículos 17 al 19 del Reglamento Parcial del D-LOTTT.  Si Ud. está en Aragua, evalúe esta situación con su equipo legal.  En Nayma Consultores estamos atendiendo a los clientes de forma remota mediante vídeo conferencia, si necesitas asistencia legal, solicita la propuesta de servicios enviando un correo a [email protected]

En Carabobo:

Están permitidas todas las actividades comerciales, incluyendo consumo de comida dentro de restaurantes.

 

El resto del país

Al igual que en el Estado Carabobo, en el resto del país están suspendidas las clases presenciales y está permitida la actividad laboral. Que en el resto del país no se haya instaurado cuarentena, alarma o alerta no quiere decir que estén exceptuados del riesgo que significa la presencia del coronavirus en Venezuela.

Recomendamos extremar las precauciones en hogares y centros de trabajo, para ello te recomendamos leer el artículo preparado por la Dra. Nancy Azucena Ponce, médico ocupacional ¡clic aquí!

Al evaluar mantener operaciones es importante tomar en cuenta las necesidades básicas de los trabajadores, tales como:

  • ¿Los trabajadores tienen acceso a agua potable? ¿Fuentes de agua? ¿Dónde se proveen de agua para el consumo y aseo en sus hogares? ¿Han podido asearse? ¿Tienen acceso a jabón?

Si estás considerando el trabajo remoto, te invitamos a leer el artículo «Teletrabajo ¿una opción para Venezuela?» ¡clic aquí!

Solo banca en línea

La superintendencia de bancos (SUDEBAN) ha informado que a partir del 16 de Marzo de 2020 estará suspendida la atención en taquilla y que las instituciones financieras deberán trabajar exclusivamente con banca por internet, cajeros automáticos y pago móvil.

Es importente tomar en consideración lo previsto en el Art. 10 del DC-COT: “Igualmente se consideran inhábiles, a los solos efectos de la declaración y pago de las obligaciones tributarias, los días en que las instituciones financieras (…) no estuvieren abiertas al público”. Algunos tributaristas consideran que la prórroga opera de pleno derecho, mientras que otros son de la opinión de solicitarla a título individual y formalmente ante la Administración Tributaria.

 

 

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#sudebaninforma || Tengo a bien dirigirme a ustedes de conformidad con lo establecido en los artículos 8,67,68 y 171 numeral 26 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario,en concordancia con el Decreto de Estado de Alarma dictado por el Ejecutivo Nacional con base en los previstos en el artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,a fin de instruirles que a partir del día lunes 16 de marzo de 2020,estará excepcionalmente suspendidas todas las actividades que impliquen atención directa a los clientes,usuarios y usuarias y el público en general a través de su red de agencias,taquillas,oficinas y sedes administrativas en todo el país. Asimismo,deberán garantizarle la asistencia del personal mínimo requerido para el funcionamiento y uso óptimo de los cajeros automáticos,banca por internet,medios de pago electrónico,tales como Pago Móvil Interbancario (P2P,P2C,C2P),Transferencias,Puntos de Venga y cualquier otra modalidad de servicio bancario en Linea considerado en los respectivos planes de prestación de servicios para días no laborables,todo ello,en atención a la naturaleza de servicio público de las actividades que prestan bajo la estricta observancia de las medidas preventivas instruidas por el Ejecutivo Navional y la Organización Mundial de la Salud (O.M.S)

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Tu paz mental es tu mayor activo

En esta situación es normal sentirse ansioso y preocupado. En Nayma Consultores hemos preparado un artículo especial con ejercicios para manejar el estrés en situaciones de desastre, para leerlo ¡clic aquí!

Por eso queremos compartir algunos ejercicios para manejar el estrés que pueden usarse de forma individual para gestionar el estrés continuado que estamos enfrentando.

Ejercicios para Manejar el Estrés

Ejercicio de Respiración Profunda

  1. Toma una respiración profunda, abdominal.
  2. Retén el aire y cuenta mentalmente hasta 5.
  3. Libera el aire muy lentamente.
  4. Repite al menos 3 veces.

Ejercicio de Relajación con las vocales

  1. Toma una respiración profunda, abdominal.
  2. Cuando liberas el aire, lo haces lentamente pronunciando la letra A.
  3. Repite al menos con el resto de las vocales.

Ejercicio de desahogo con escritura.

  1. Toma papel y lápiz.
  2. Busca un lugar donde puesdas estar tranquilo.
  3. Establece una alarma para que suene dentro de 10 minutos
  4. En esos 10 minutos escribe todo lo que sientes.
  5. Cuando termines de escribir, rompe el papel en pedazos pequeños y botalo.

Este ejercicio es ideal para drenar pensamientos y emociones negativas. Es preferible hacer esto en vez de compartir rumores en chats de whatsapp y redes sociales.

 

Para profundizar en la prevención de COVID19 ponemos a tu disposición la 

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Sobre los autores

Nancy Aguirre Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado egresada de la Universidad de los Andes y Lcda. en Relaciones Industriales egresada de la Universidad de Carabobo. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Asesora de la Cámara de Industriales del Estado Aragua. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.

 
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3 comentarios en “Cuarentena y Estado de Alarma por Coronavirus en Venezuela”

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error: Nayma Consultores es una iniciativa de Nancy Aguirre y Mariela Llovera. Prohibida su reproducción total o parcial sin la autorización expresa de los autores. Para citarnos, solicite formalmente la autorización escribiendo a [email protected]