La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) fue publicada en 2005. En ese momento, la posibilidad de realizar los aportes a través del financiamiento directo a proyectos de investigación científica y tecnológica realizados por las empresas, universidades y centros de investigación hizo parecer que, al menos, este tributo no era un pozo sin fondo. Lamentablemente, esta opción desapareció y el aporte LOCTI se convirtió en un paratributo más sobre las espaldas de los contribuyentes venezolanos.
¿Aun no has podido pagar la LOCTI? ¡Estamos aquí para ayudarte! ¡da clic aqui!
1. ¿Quiénes son Aportantes LOCTI?
El Art. 25 de la LOCTI [ la consultas aquí ] establece que serán aportantes todas las personas jurídicas, privadas o públicas, domiciliadas o no en el país que realicen actividades económicas en el territorio nacional y hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a cien mil Unidades Tributarias (100.000 UT) en el ejercicio fiscal inmediato anterior, que califiquen como:
- Compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada
- Sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho
- Las asociaciones, fundaciones, corporaciones, cooperativas y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los numerales anteriores
- Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.
Están excluidas las personas naturales independientemente de los ingresos que haya obtenido en el ejercicio fiscal inmediato anterior, quiere decir que los fondos de comercio / firmas personales no están obligados a realizar aporte LOCTI.
2. ¿Cómo determinar si una entidad está obligada a realizar el aporte al FONACIT?
Para saber si la empresa es sujeto del «Aporte LOCTI», deberás considerar los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior y dividirlos entre el valor de la Unidad Tributaria vigente para ese período.
Si obtuvo más de cien mil (100.000) Unidades Tributarias de ingresos brutos durante el ejercicio, entonces está obligada a realizar el aporte al FONACIT.
3. ¿Cuál es el período impositivo del aporte al FONACIT?
El aporte al FONACIT, conocido también como «aporte LOCTI», se determina por períodos impositivos anuales en función del ejercicio económico del contribuyente. Para una entidad con un ejercicio económico regular, el período impositivo será del 01 de Enero al 31 de Diciembre de cada año.
4. ¿Cuál es la Base Imponible del aporte al FONACIT?
La Base Imponible del aporte al FONACIT se determina en base a los ingresos brutos de la entidad. Entenderemos por ingresos brutos, lo siguiente: «ingresos, proventos y caudales, que de modo habitual, accidental o extraordinario, devenguen los aportantes por cualquier actividad que realicen, siempre que no estén obligados a restituirlos por cualquier causa, sin admitir costos ni deducciones de ningún tipo.»
5. ¿Cuál es la alícuota impositiva del aporte al FONACIT?
La LOCTI en su Art. 26 establece que la alícuota impostiva, se aplicará de la siguiente manera:
- Dos por ciento (2%) cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, y todas aquellas vinculadas con la industria y el comercio de alcohol etílico, especies alcohólicas y tabaco.
- Uno por ciento (1%) en el caso de empresas de capital privado cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, y comprenda la explotación minera, su procesamiento y distribución.
- Cero coma cinco por ciento (0,5%) en el Caso de empresas de capital público cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos y comprenda la explotación minera, su procesamiento y distribución.
- Cero coma cinco por ciento (0,5%) cuando se trate de cualquier otra actividad económica.
6. ¿Cuándo debe efectuarse el aporte al FONACIT?
El Art. 6 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación referido a los aportes, el financiamiento y su resultado, y la ética en la investigación, tecnología e innovación [ lo consultas aquí ] establece que los aportantes deberán realizar la declaración y pago del aporte durante el segundo trimestre luego del cierre del ejercicio económico en el que se generaron los ingresos brutos que constituyen la base de cálculo del tributo.
Para las empresas con ejercicios económicos regulares, el aporte debe hacerse entre el 01 de Abril y el 30 de Junio de cada año.
7. ¿Cómo realizo la declaración del aporte LOCTI FONACIT?
Primero debes proceder a registrarte en el Sistema para Declaración y control del Aporte en Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI) a través de su sitio web http://www.sidcai.fonacit.gob.ve/
#NaymaRecomienda Probar con varios navegadores a fin de lograr acceder a la página web.
Al registrarte en el SIDCAI recuerda que NO debes utilizar correos de hotmail, te recomendamos crear una cuenta de GMAIL para todos los trámites gubernamentales y así siempre tendrás acceso a tu información.
8. ¿En cuál banco se paga el aporte LOCTI FONACIT?
Existen diversas entidades bancarias en las que puedes realizar el depósito de tu aporte al FONACIT. En la web del SIDCAI está el listado de bancos autorizados y nosotros también los compartimos contigo en esta publicación.
9. ¿Cómo obtengo el Certificado Electrónico de declaración?
Este certificado electrónico de declaración funciona como una especie de “solvencia” del pago del aporte LOCTI, una vez realizado el pago, el portal del SIDCAI genera el certificado electrónico.
Artículo actualizado el 07 de Mayo de 2021
Artículo publicado el 26 de Junio de 2017
#|TRIBUTOS|# #/4,5,6/#
Sobre las autoras
Nancy Aguirre Lcda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.
Mariela Llovera es Abogado egresada de la Universidad de los Andes y Lcda. en Relaciones Industriales egresada de la Universidad de Carabobo. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Asesora de la Cámara de Industriales del Estado Aragua. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.
¡Suscríbete a Nayma Consultores! Y así recibirás información actualizada en tu buzón de correo electrónico, invitaciones a eventos y seminarios, promociones y precios especiales en nuestras actividades presenciales y en línea.
Muy práctica y dan los diferentes casos que se nos puede presentar.
Buenas tardes debo pagar la planilla del locti pero el banco de Venezuela más cercano q tenemos no tienen eso asignado a su servicio quiere decir q no pueden, en que agencia de dicho ubicado en puerto Ordaz las estarán sellando.
Hola Milagros,
Gracias por leernos y escribirnos. Puerto Ordaz es una ciudad bellísima y nos encantaría trabajar allí, pero lamentablemente no lo hacemos, somos de Aragua y por eso no podemos ayudarte con esa duda.
Hola buenos días , primera vez que me toca trabajar con el tributo , así que tengo dudas en la forma de pago, quisiera preguntar en aragua porque agencia puedo procesar dicho pago y que debo entregar ? Otra inquietud este pago es deducible del islr 2017
Buenos dias como hago para ponerme al dia con la locti, tengo desde el 2014 que no entero ni pago y me estoy metiendo y no me acepta que cargue la cantidad con la reconversion monetaria
EXCELENTE EN VERDAD DE MUCHA AYUDA
Nos complace saber que te resultó de utilidad.
excelente articulo… podrias por favor indicar el link donde se debe declarar?
Hola. Lee la versión más reciente de este artículo dando clic en este enlace –> https://ve.naymaconsultores.com/aporte_locti_fonacyt_preguntas_frecuentes/
¡Saludos!
Muy bien necesito un favor reuqiero pagar declaracion de ciencias y tecnologia como hago
Yermis, ingresa en la web del fonacit y realiza la declaración. En esta publicación están los números de cuenta para pagar. Saludos.
Excelente, de mucha ayuda, Gracias
¡Qué bueno que te resultó de utilidad!
COMO INGRESOS SI LA PAG. NO ABRE.
http://www.sidcai.fonacit.gob.ve/ esta direccion web no responde.?. Podre declarar haciendo los cálculos y cómputos manualmente (Ingresos Brutos x 0.5%) , pagar con nombre de aportante y rif, en la institución bancaria por transferencia a la cta que suministra en su reseña de los bancos receptores del aporte-tributo fonacit?. Por cierto excelente, sencillo, gran contenido y unión su aporte al gremio.
Felix, la responsabilidad del funcionamiento de la web del FONACIT es de ese instituto público, no de nosotros. Lo que hacemos es compartir información que puede ser de utilidad para los colegas. Otorgaron una prórroga y esperamos que en ese plazo puedas presentar correctamente la declaración. Saludos.
Buenas tardes, les felicito el articulo esta muy claro. Sin embargo quisiera saber cual es la multa en que caso de que la empresa decida no pagar este aporte?
Gracias de antemano.
Hola Aurimar
Las sanciones las encuentras en la LOCTI. El sistema SIDCAI te las calcula automáticamente, junto con los intereses de mora.
Buenas tardes, por favor que plazo de prorroga dieron para realizar la declaración, gracias
Excelente artículos, gracias por su aporte. Me queda una duda, en el caso que la empresa dio pérdidas en sus estados financieros, como debo realizar la declaración, igual estoy obligada a declarar? Gracias por su ayuda
Hola Mercis,
El problema del aporte LOCTI y otras obligaciones fiscales que gravan los ingresos brutos, es que una entidad puede tener pérdidas, pero igual estar obligada a declarar y pagar.
Excelente artículo, muy agradecida por su valioso aporte. Les comento que ya me registre, cargue la documentación exigida, aprobaron los documentos y emitieron el acta de reparo con las multas, intereses y aportes del 2016 al 2019, ya cancelamos todo vía transferencia como lo indica el acta de reparo. Por último enviamos un correo para notificar el pago con la transferencia realizada. Nos contestaron que debemos cargar el pago en el sistema. Pero no consigo la manera de cargar dicho pago, no veo ningún link en el portar para reportar el pago. Por favor pueden indicarme como reportar la transferencia realizada. Muchas Gracias!!
Hola Solmary
El sistema SIDCAI tiene sus peculiaridades, no es muy intuitivo su uso, por eso en la guia pusimos el paso a paso con las capturas de pantalla, para que puedan ver en dóne está la opción de cargar pagos. Nosotros acabamos de ver tu pregunta en los comentarios, esperamos que hayas podido resolver, de todo corazón lamentamos la tardanza en contestar.
Buenos dias, gracias por la informacion me ha servido de mucha ayuda, las felicito.
Buena tarde.
Aplican alguna sanción a las empresas que no declaran por no saber del tema FONACIT.
Agradeciendo de antemano su valiosa respuesta.
Claro que sí.
En caso de que necesites el certificado de declaración del aporte al FONACIT (lo suelen pedir para contratar con el Estado), de entrada no lo vas a tener hasta que hagas la declaración y pago del aporte.
Cuando pagas, hay una sanción por pago extemporáneo y además te cobran intereses. Todo esto lo puedes calcular con la MiniApp disponible en i.nayma.net/locti
Este es un buen momento para ponerte al día, porque realmente el mayor peso del aporte será el relativo a 2020. Lo demás, por efecto de devaluación y reconversión, suele ser un monto realmente modesto.
También te pueden sancionar si te fiscaliza en el FONACIT.
Nosotros te recomendamos ponerte al día y estar tranquila. Saludos.
Sabrán cual sería una razón para que no tome el archivo pdf de las 4 ultimas declaraciones de ISLR?? Uní los 4 archivos pdf en un solo pdf que pesa 292KM (menos de 8MB como requiere la pagina) y aun asi dice que el archivo no es valido
Hola Claritza
Te recomendamos que escribas a [email protected] o a [email protected] y plantees tu caso. Desconocemos por qué tienes es problema.
LA SUSCRIPCION ES GRATUITA?
Hola Lisbeth,
Sí, la suscripción a la lista de correos es cortesía de Nayma Consultores. Para unirte da clic en https://us8.list-manage.com/subscribe?u=4f14ed6e491f1df3a556303b5&id=38eaae398c
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, si no me toca cancelar , ya que los ingresos no superan en ningun año las 100.000 unidades tributarias igual debo registrarme en este nuevo sistema, ya que si no hay pago no me daran solvencia alguna por el tramite.
De acuerdo a lo previsto en la Providencia del FONACIT sí debes inscribirte aunque no superes las 100.000 UT en ningun ejercicio. Saludos
Buen día estimadas colegas. He tratado de hacer la declaración del 2020 por el portal del SIDCAI pero el enlace no me carga, lo he intentado en 3 navegadores distintos y me sigue mostrando en sig. mensaje «Vaya… no se puede obtener acceso a esta página». No sé si esto sea un error a nivel nacional pero si me pueden ayudar con un consejo o una forma para solucionar esto les estaría muy agradecido. Saludos
Hola Daniel, lo que te podemos recomendar es que intentes comunicarte directamente con el FONACIT. En nuestra cuenta de Instagram compartimos los teléfonos y correos de contacto de la institución. Los consigues dando clic en el siguiente enlace https://www.instagram.com/p/CQbUv2CHrXn/?utm_source=ig_web_copy_link
Excelente, gracias por apartar de su valioso tiempo para ofrecer ayuda.
Gracias por apreciar el trabajo que hacemos. Si te gusta esta publicación, comparte con generosidad. Juntos construimos #CulturaTributaria
excelente, me aclararon unas dudas que tenia…… gracias!!!
Hola Suhail,
Gracias por apreciar el trabajo que hacemos. Nos gusta saber que te resultó de utilidad.
Buenas …como hago para anular una declaración,, ya que se hizo de manera erronea?? gracias
Hola Julio
Debes comunicarte directamente con el FONACIT.
Te recomendamos hacerlo rápido porque la obligación vence el 30/06/2022
Para ver los datos de contacto del FONACIT da clic en el enlace de abajo
https://www.instagram.com/p/CQbUv2CHrXn/?igshid=YmMyMTA2M2Y=
Buenas tardes, este tributo es deducible del ISLR?, en que parte puedo constatar esto. gracias
Hola Dalia,
Consulta la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología.
buenas noche no se si me pueden ayudar soy estudiante de diseno grafico y me mandaron hacer un ensayo mapa mental y video sobre esa ley me podran ayudar
Hola José,
Disponemos de información gratuita que puedes usar para tu tarea. La encuentras en el siguiente enlace https://naymaconsultores.com/?s=LOCTI
Ten presente lo siguiente:
1. La LOCTI fue reformada en 2022 así, que presta atención a los cambios en la norma para hacer un trabajo actualizado.
2. Debes citar tus fuentes documentales al hacer tu tarea, así que recuerda incluir las debidas referencias a nuestro sitio web.
Saludos y éxitos en tus estudios.
Excelente
Hola Rene,
Gracias por valorar nuestro esfuerzo. Si encuentras útil esta publicación, compártela con generosidad
Este pago de Impuesto es deducible del ISLR????
Hola Gisela,
Puedes ver un vídeo donde explicamos dando clic en el siguiente enlace https://youtube.com/shorts/SSzMMqWa7Ms?si=dBxliYGr3M5UFURi
Conoce todos los tributos que son deducibles y no deducibles del ISLR, así como las condiciones de deducibilidad consultando la Guía de Cierre Fiscal
Para ver más detalles de la Guía de Cierre Fiscal y Declaración de ISLR – Contribuyentes Especiales y Ordinarios por favor da clic en el enlace de abajo
https://landing.naymaconsultores.com/Tienda/i/729
Al tocar en el enlace de arriba verás el resumen del contenido y el precio actualizado de cada producto.
Para comprar da clic en el botón «COMPRAR»
Escribe tu correo electrónico, nombre y apellidos en el formulario
Da clic en el botón «CONTINUAR» para poner tu pedido
El sistema te muestra los datos de transferencias, pago móvil y PayPal después de hacer el pedido.
Pagos en Bolívares por transferencia bancaria y pago móvil
Pagos en USD vía PayPal
Envía el comprobante de transferencia a [email protected]