Para calcular el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP) es necesario determinar el valor del patrimonio neto del Sujeto Pasivo Especial (SPE) al 30 de Septiembre de cada año.  Recordemos que el patrimonio neto es igual a la suma de los activos menos la suma de los pasivos de la entidad.

Si el patrimonio neto del SPE es igual o superior a 150 millones de Unidades Tributarias, entonces se aplicará la alícuota impositiva, equivalente al 0.25%, y así se obtiene el monto a pagar. Esto es más fácil decirlo, que hacerlo y en este artículo te diremos porqué. 

En la práctica, existen dificultades para calcular el impuesto a pagar porque la Ley Constitucional que establece el Impuesto a los Grandes Patrimonios, exige que para determinar el patrimonio neto se considere el mayor valor de los activos siguiendo las reglas de valoración descritas en el texto normativo.

 

¿Todos los Sujetos Pasivos Especiales deben hacer el cálculo del patrimonio para el IGP?

Sí.  Todo “Contribuyente Especial” debe afrontar el reto de calcular el valor del patrimonio neto  al 30 de Septiembre de 2022 porque durante la temporada tributaria del IGP necesita conocer dos cosas fundamentales:

  1. Si el Sujeto Pasivo Especial tiene la obligación de pagar el IGP.
  2. En caso de tener la obligación de pagar, también necesita conocer monto de Impuesto a los Grandes Patrimonios por pagar.

En 2022, todo Sujeto Pasivo Especial con un patrimonio neto igual o superior sesenta millones de bolívares (Bs. 60.000.000) tiene la obligación de pagar el IGP.

 

¿Hay algún límite en la inclusión de los pasivos?

No.  Puedes y debes incluir todos los pasivos que tenga la entidad al 30 de Septiembre de 2022.

Ten presente que los pasivos representan el conjunto de deudas y obligaciones pendientes de pago que tiene, en este caso, debe el Sujeto Pasivo Especial con sus acreedores.

 

¿Puedo incluir los pasivos laborales?

¡Claro que sí!

Dentro del cálculo de los pasivos, para determinar el patrimonio neto necesario para el cálculo del IGP, se debe prestar especial atención a los pasivos laborales acumulados, así que se deben considerar beneficios por pagar a los trabajadores tales como prestaciones sociales y utilidades por pagar al 30/09/2022

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¿Cuáles son los criterios que se deben seguir para valorar los activos?

Los criterios de valoración de activos que encontramos en la ley del IGP son:

  • Valor catastral.
  • Valor de mercado.
  • Precio corriente de mercado.
  • Precio de adquisición actualizado de acuerdo con las normas que deberá publicar la administración tributaria.

 

 

¿Por qué resulta un reto determinar el valor del patrimonio como base imponible del IGP?

Básicamente por tres razones:

  1. El texto normativo del IGP no define qué es valor de mercado ni precio corriente de mercado.
  2. El marco normativo del Impuesto a los Grandes Patrimonios no establece un método ni criterios para determinar el valor de mercado. Existen pautas en otras normas del sistema jurídico tributario vigente y en sentencias de tribunales tributarios, pero no se refieren directamente al IGP
  3. Aunque la norma, desde 2019 indica que el SENIAT debería publicar las normas de actualización del precio de adquisición de los activos, esto no ha ocurrido.

Por eso es razonable considerar que para los contribuyentes puede resultar cuesta arriba determinar, sobre base cierta, el valor de la base imponible del tributo.

¿Qué puedes hacer en esta situación?

Es una pregunta que nos hacemos todos.

Hasta tanto la Autoridad Tributaria (SENIAT) no se pronuncie de manera oficial, es decir, a través de la publicación de Providencias Administrativas, es difícil tener una respuesta única para afrontar los retos de la valoración de activos.

 
 

@naymaconsultores ¿CÓMO CONOCER EL VALOR DE MERCADO DE LOS ACTIVOS PARA EL IGP? #AprendeEnTikTok #derechotributario ♬ sonido original – naymaconsultores


 
 
Consideramos que lo más sensato es estudiar las distintas opciones que existen para determinar el valor de los activos, evaluar cuáles puede usar el contribuyente y poner en marcha los medios de defensa del contribuyente previstos en el Código Orgánico Tributario.

 

Calculando el IGP en la práctica

El sustento del cálculo del IGP está en tus papeles de trabajo tanto de los pasivos, como de los activos.

Para facilitar el proceso de declaración del IGP resulta ideal ajustar los papeles de trabajo a las partidas disponibles en el formulario de declaración electrónico dispuesto en el portal fiscal del SENIAT.

En la Guía Práctica de Impuesto a los Grandes Patrimonios hacemos una revisión exhaustiva de este impuesto acompañada de ejemplos y casos prácticos para facilitar tu comprensión.

Te presentamos diversas opciones a considerar para la valoración de activo.

Incluimos dos hojas de trabajo formuladas y preparadas acordes a la información que te solicita el portal del SENIAT para ayudarte a comparar y a registrar la declaración.

¡La guía está aquí!

 
 

Sobre las autoras

Nancy Aguirre Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Asesora en Derecho Tributario, Mercantil y Laboral para distintas organizaciones en la región central del país. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Actualmente forma parte de la Junta Consultiva de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana del Estado Aragua. Distinguida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su aporte a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Adicionalmente es conferencista frecuente de los Colegios de Contadores Públicos de Aragua, Distrito Capital y Miranda. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Escribe regularmente para el diario El Nacional. Fundadora de Nayma Consultores.

 

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