Calendario de Obligaciones de Sujetos Pasivos Especiales 2024

PUBLICADO EN GACETA OFICIAL N° 42.782

En la tarde del miércoles 27 de diciembre de 2023 se hizo disponible la Gaceta Oficial N° 42.782 fechada 20 de diciembre de 2023 que contiene la Providencia Administrativa SNAT/2023/000075  donde está publicado el Calendario de Obligaciones de Sujetos Pasivos Especiales para el año 2024

El Calendario de Obligaciones de los Sujetos Pasivos Especiales es un acto administrativo de efectos generales que debe ser publicado en Gaceta Oficial. Este acto establece los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias de los Sujetos Pasivos Especiales.

Además, el calendario es un elemento importante en la organización del trabajo de los profesionales del área tributaria es tener un Calendario Fiscal para el año que comienza. ¡Te explicamos cómo usar el calendario aquí!

Lo que encontramos en el Calendario 2024

Portada Gaceta Oficial N° 42.782 fechada 20 de diciembre de 2023 que contiene la Providencia Administrativa SNAT/2023/000075  donde está publicado el Calendario de Obligaciones de Sujetos Pasivos Especiales para el año 2024

Declaración de IVA, Anticipo de ISLR, IGTF y Retenciones de IVA

Calendario Obligaciones Seniat 2024 - IVA, Anticipo ISLR, IGTF y Retenciones de IVA
  • Cada número terminal de RIF tiene una fecha diferente en el calendario para las declaraciones de IVA, anticipo de ISLR, Retenciones de IVA e IGTF.  En el resto de las obligaciones, los terminales de número de RIF estan pareados. Necesitas ser muy detallista al organizar tu trabajo en 2024.
  • Existen vencimientos de obligaciones tributarias que coinciden con feriados bancarios, esto ocurrió con un terminal de RIF en 2023 y ahora se repite, en varios meses. Hay que tomar las debidas previsiones.
  • Continúa el período impositivo de IVA quincenal para los Sujetos Pasivos Especiales que comenzó el 01/09/2020 mediante la Providencia Administrativa PA/SNAT/2020/00057 
  • El período del IGTF contínua vinculado con el IVA quincenal, desde la reforma del IGTF esta declaración se realiza en otro aplicativo del portal fiscal del SENIAT.

¿Declaración estimada de ISLR para los «Contribuyentes Especiales?

Sí. Ten presente que se trata de una excepción establecida en la PA SNAT/2023/000075, debido a que en la parte final del Art. 4 se señala que los Sujetos Pasivos Especiales que se dediquen a la explotación de minas, hidrocarburos y actividades conexas, y los perceptores de regalías relativas a tales actividades, deben presentar la declaración estimada de rentas en los cuarenta y cinco (45) días continuos al cierre del ejercicio fiscal.

Fechas de declaración y pago de declaración estimada de ISLR para SPE que se dediquen a la explotación de minas, hidrocarburos y actividades conexas.

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Declaración de ISLR – Ejercicios Regulares

Desde el cierre del Ejercicio Fiscal 2016 la Administración Tributaria pone a correr a todos los Sujetos Pasivos Especiales para efectuar la declaración y pago del Impuesto Sobre La Renta, vemos que para el cierre del Ejercicio Fiscal 2022 como es tradición se adelanta la fecha de declaración y pago del ISLR para todos los Sujetos Pasivos Especiales.

El Art. 1, lit f. de la P. A. SNAT/2023/000075 establece las fechas para la autoliquidación anual del Impuesto Sobre La Renta para el Ejercicio Fiscal 01-01-2023 al 31-12-2023, y quedaron como se muestran en el cuadro a continuación.

El Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre La Renta establece lo siguiente:

Las declaraciones de rentas definitivas deberán ser presentadas dentro de los tres (3) meses siguientes a la terminación del ejercicio gravable del contribuyente, ello sin perjuicio de las prórrogas que otorgue la Administración Tributaria.
Art. 146 Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre La Renta

¿En qué se basa la Administración Tributaria para adelantar el pago del ISLR?

Si te fijas en el encabezado de la P.A. SNAT/2023/000075 podrás notar que se menciona el Art. 41 del DC-Código Orgánico Tributario. Este artículo del COT señala lo siguiente:

«La Administración Tributaria podrá establecer plazos para la presentación de declaraciones juradas y pagos de los tributos, con carácter general para determinados grupos de contribuyentes o responsables de similares características, cuando razones de eficiencia y costo operativo así lo justifiquen. A tales efectos, los días de diferencia entre los distintos plazos no podrán exceder de quince (15) días hábiles
Art. 41 – DC Código Orgánico Tributario

Desde esta perspectiva se podría inferir que, la Administración Tributaria está ejerciendo una potestad que le otorga el COT de modificar los plazos de presentación de declaraciones y pago de tributos, en este caso referido al Impuesto Sobre La Renta.

Algunos son del criterio de que se trataría de una actuación ajustada a derecho, visto que la norma en ningún momento dice que la diferencia debe entenderse como una prórroga o extensión del plazo. Solamente se refiere a plazos diferenciados.

  • Comenzar a trabajar con el Cierre Fiscal de 2023, especialmente los que tienen RIF terminados en 2 y 3, pues solo tienen hasta el 31 de enero de 2024 para presentar la declaración y hacer el pago de ISLR. Te ayudamos a comenzar tu trabajo con la Guía de Cierre Fiscal ¡la encuentras aquí!
  • En estas situaciones la preparación y la organización del trabajo son claves para el éxito del equipo de tributos y finanzas de la organización.
  • El equipo de RRHH debe apoyar a los profesionales encargados del cierre fiscal, y entender que posiblemente deban suspender o posponer vacaciones, con las consecuencias para el rendimiento de los trabajadores y clima organizacional asociadas al estrés y el trabajo contra reloj impuesto por la Administración Tributaria.
  • Entender que el adelanto de los plazos para la presentación de declaración y pago del ISLR es una tendencia de la Administración Tributaria, así que lo ideal es planificar y organizar el trabajo de 2024 teniendo presente esta nueva realidad. Ayúdate con Calendario de Calendario de Obligaciones Fiscales y Laborales 2024 ¡disponible aquí!

Impuesto a los Grandes Patrimonios

Al igual que ocurrió en 2022, 2022 y 2023 la Administración Tributaria ha dispuesto dos fechas en el calendario para el IGP, como puedes ver en la imagen de abajo:

Fechas de declaración de IGP - Calendario SENIAT 2024
  • Hay quienes dicen que la fecha de octubre es el vencimiento de la declaración y la de Noviembre la fecha de pago.  Esto no tiene mucho sentido, porque no existe ninguna mención a fechas separadas para cumplir con la obligación de declarar y la de pagar en el texto de la Ley Constitucional, ni en el de la providencia.
  • Están los que afirman que un terminal de RIF debe declarar y pagar en Octubre y el otro en Noviembre. Creemos que si esto fuera así la Providencia Administrativa que establece el calendario debería establecer una fecha diferenciada para cada terminal de RIF, como lo hace con las obligaciones quincenales.
  • Finalmente se encuentran quienes sostienen, y nosotros somos de ese criterio, que se trata de un período para efectuar la declaración y pago que comienza en Octubre y termina en Noviembre para cada par de terminales de RIF.

¡Estamos aquí para ayudarte!

Para ayudarte con tu planificación de trabajo anual hemos publicado un Calendario de Obligaciones Fiscales y laborales donde encuentras organizado, tipo agenda, las obligaciones más frecuentes para contribuyentes ordinarios y especiales. ¡Para comprar clic aquí!

Obtendrás:

  • 01 Planificador Mensual para Contribuyentes Ordinarios, editable en Excel y listo para imprimir
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  • 01 Planificador Semanal para Contribuyentes Ordinarios, editable en Excel y listo para imprimir
  • 10 Planificadores Semanales Contribuyentes Especiales (todos los números de RIF) editables en Excel y listos para imprimir.

Obligaciones Fiscales

  • Fecha de Declaración del IVA contribuyentes ordinarios y especiales 
  • Fecha de Declaración de Anticipos ISLR
  • Fecha de Declaración Estimada de Rentas contribuyentes ordinarios
  • Fecha de Pago de Retenciones de IVA e IGTF
  • Fecha de Declaración Definitiva del ISLR ejercicios regulares contribuyentes ordinarios y especiales
  • Fecha de Pago de Retenciones de ISLR mensual contribuyentes ordinarios y especiales
  • Fecha de Actualización de AR-I
  • Fecha de Pago Aporte Ley del Deporte [ para empresas con utilidad neta superior a 20.000 UT ]
  • Fecha de Pago Aporte Fondo Nacional Anti Drogas [ para empresas con más de 50 trabajadores ]

Obligaciones Laborales

  • Fecha de Pago de IVSS
  • Fecha de Pago de INCES
  • Fecha de Pago de FAOV
  • Fecha de Cambios de Salarios del IVSS
  • Fecha de Reporte de Reposos del IVSS
  • Fecha de Declaración Trimestral del MPPPST

Feriados

  • Feriados Bancarios
  • Feriados Nacionales

Base Legal de las Obligaciones

  • Actividades
  • Base Legal
  • Plazo
  • Gaceta Oficial

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Sobre las autoras

Nancy Aguirre

Contador Público Colegiado y Lcda. en Relaciones Industriales

Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

Mariela Llovera

Mariela Llovera

Abogado, Lcda. en Relaciones Industriales y Avaluadora

Asesora en Derecho Tributario, Mercantil y Laboral para distintas organizaciones en la región central del país. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Actualmente, forma parte de la Junta Consultiva de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana del Estado Aragua. Distinguida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su aporte a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Adicionalmente, es conferencista frecuente de los Colegios de Contadores Públicos de Aragua y Miranda. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.

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Guía de Estudio – Impuesto a los Grandes Patrimonios

Excelente, es una guía bien detallada, completa y con ejemplos sencillos que ayudan a comprender la parte teórica de la Ley. Nos permitió entender mejor los artículos de la Ley y nos sirvió de guía en la preparación de los papeles de trabajo, que son la base fundamental para preparar la declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios y blindarse a la hora de una fiscalización. La recomiendo

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