Nueva Norma Técnica INPSASEL – Programa de Seguridad en el Trabajo

Gaceta Oficial 42.712 – NT-04-2023.

El día 18 de Septiembre de 2023 se dió a conocer la Gaceta Oficial N° 42.712 de fecha 12 de Septiembre del mismo año que contiene:

  • Norma Técnica NT-04-2023 del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Providencia Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Providencia Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Gaceta Oficial – Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

La Norma Técnica NT-04-2023 del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo publicada en Gaceta Oficial el 12 de Septiembre de 2023 deroga la NT-01-2008 que era la norma técnica que se veía utilizando para la realización de los programas de seguridad.

La norma técnica está dividida en las siguientes secciones:

  • Disposiciones generales
  • Alcance, ámbito de aplicación y responsabilidades
  • Definiciones
  • De la política y el programa de seguridad y salud en el trabajo
  • Del programa de seguridad y salud en el trabajo (PSST)
  • Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Declaración
  • Planes de Trabajo para abordar los procesos peligrosos
  • Investigación de accidentes de trabajo y de enfermedades ocupacionales
  • Del compromiso de hacer cumplir los planes establecidos en el programa de seguridad y salud en el trabajo
  • Otras consideraciones para la elaboración del programa de seguridad y salud en el trabajo
  • De la evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo
  • Disposiciones finales.

La Providencia Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo establece los requisitos para la aprobación y registro de los PPST, así como también los aranceles que deberán pagarse al INPSASEL para el registro de los programas.

Es importante tener presente que los patronos deben elaborar los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo por cada centro de trabajo. A manera de ejemplo, haremos el cálculo del costo de aranceles para una Sociedad Mercantil con 30 establecimientos de trabajo en todo el país. Para este ejemplo consideraremos que cada centro de trabajo tiene 120 trabajadores.

En esta norma técnica se indica que el instituto «suministrará el instructivo correspondiente» para la elaboración de los PSST.

Los requisitos para la aprobación y registro del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo son los siguientes:

Puntos clave de atención

  • La norma técnica hace énfasis en la participación protagónica de los trabajadores.
  • En el artículo 7 de la norma técnica se establece el orden en que se debe trabajar y documentar la elaboración del PSST, como sigue:
    • Diseñar la política de seguridad.
    • Elaborar e implementar un PPSST específico y adecuado a sus procesos.
    • El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá presentar el PPST para su aprobación con la participación efectiva de los trabajadores.
    • El PPST deberá ser sometido a la consideración del Comité de Seguridad y Salud Laboral.
    • El PPST deberá ser presentado al INPSASEL para su aprobación definitiva y registro.
  • El artículo 8 de la providencia da treinta (30) días continuos para realizar y documentar el proceso anterior luego de su publicación en Gaceta Oficial, por lo que las entidades de trabajo tienen hasta el 13 de Octubre de 2023 para realizar la adecuación y solicitar el registro ante el INPSASEL.
  • La providencia, en su artículo 4 deja la puerta abierta a la discrecionalidad del funcionario actuante cuando indica que se podrá pedir «cualquier otro requerimiento que el INPSASEL considere según sea el caso».
7 Recomendaciones para tomar decisiones cuando se producen cambios normativos en Venezuela

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Sobre la autora

Mariela Llovera

Mariela Llovera

Abogado, Lcda. en Relaciones Industriales y Avaluadora

Asesora en Derecho Tributario, Mercantil y Laboral para distintas organizaciones en la región central del país. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Actualmente, forma parte de la Junta Consultiva de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana del Estado Aragua. Distinguida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su aporte a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Adicionalmente, es conferencista frecuente de los Colegios de Contadores Públicos de Aragua y Miranda. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.

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18 comentarios en “Nueva Norma Técnica INPSASEL – Programa de Seguridad en el Trabajo”

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  1. Hola Buenas Tardes, muy bueno como siempre, sirve de consulta y ayuda para todo aquél que lo necesite y a tiempo la poner en marcha todo lo que allí solicitan gracias

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  2. Muchas gracias por el artículo, muy ilustrativo; ojalá no sean contraproducentes los montos de los aranceles; ya es de por sí algo complicado para los empleadores efectuar todas las inversiones idóneas para su entidad de trabajo; los aranceles traerian una carga adicional que, dependiendo de la nómina y la cantidad de centros de trabajo, podría ser bastante fuerte

    1. Nayma Consultores

      Hola Yury,
      Compartimos tu preocupación respecto al impacto financiero de estas exigencias, junto con los aranceles, hay que sumar el costo de elaboración y ejecución del PSST.

  3. Excelente resumen de la gaceta, facilita una visual rápida de los cambios, por supuesto como todo, hay que leer la gaceta para profundizar. Me queda una duda, todas las empresas tienen que presentar este PPSST, antes de 18/10? independientemente de que tengan su comité de seguridad todo lo demás al día?

    1. Nayma Consultores

      Hola Jaqueline,

      Si tienes todo lo demás al día, solo te toca ajustar el PSST que ya tengas a las exigencias nuevas y es posible que puedas cumplir con la solicitud de registro en el plazo establecido.

  4. Estuve leyendo al norma, pero no observe que exista un plazo de 30dias como lo indican, solo que la norma esta viente a partir de su publicación en gaceta oficial

    1. Nayma Consultores

      Hola Alberto, En la Providencia Administrativa está el plazo de los 30 días y en la charla que dictó el INPSASEL hoy 03 de Octubre reiteraron que ese es el plazo. A nosotros nos parece que es demasiado corto, dada la cantidad de pasos que deben darse antes. Lo ideal es que dieran una prórroga o un tiempo prudencial de adecuación, pero al menos en la charla de hoy, nada mencionaron al respecto.

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