Los Impuestos Patrimoniales en América Latina

En la región existen cuatro países que gravan el patrimonio de sus ciudadanos, estos son: Argentina, Colombia, Uruguay y Venezuela. En este artículo veremos resumidamente las principales características de estos tributos en los países de Latinoamérica que los recaudan.

 

Argentina

Denominado “Impuesto a los bienes personales” grava el patrimonio bruto, es decir, los bienes de las personas naturales residentes en Argentina y las sucesiones indivisas por sus bienes situados en el país y en el exterior.

También grava a personas naturales no residentes en Argentina y sucesiones indivisas por sus bienes ubicados en el país austral.

La alícuota impositiva va del 0,5% hasta 1,25% cuando se trata de bienes situados en Argentina; mientras que para bienes en el exterior, la tasa que aplica se sitúa entre 0,7% y el 2,25%.

Al momento de escribir este artículo, en Argentina se discute la creación de otro impuesto sobre el patrimonio. Para leer más del caso argentino ¡da clic aquí!

 

Colombia

Se trata del “Impuesto al Patrimonio” que grava el patrimonio bruto menos las deudas vigentes, es decir, la base imponible es el patrimonio neto. La alícuota impositiva es el 1% del patrimonio y el monto pagado no es deducible del Impuesto Sobre la Renta.

Son sujetos del impuesto las personas naturales y jurídicas por sus bienes ubicados en Colombia, sean o no residentes en el país. También son sujetos del Impuesto al Patrimonio las sucesiones ilíquidas.

La alícuota impositiva del Impuesto al Patrimonio en Colombia es del 1% y  tienen diversas exclusiones descritas en la legislación tributaria vigente.

 

Uruguay

IPAT son las siglas del Impuesto al Patrimonio en Uruguay, los sujetos de este impuesto son las personas naturales, grupos familiares (cónyuges declarando en conjunto) y las sucesiones indivisas.

La Dirección General Impositiva del Uruguay explica en su página web que el patrimonio se determina por diferencia de activo y pasivo ajustados fiscalmente de acuerdo a la legislación tributaria vigente en el país y comprenderá todos los bienes situados, colocados o utilizados económicamente en la República.

La alícuota impositiva del IPAT es progresiva y va del 0.7% del valor del patrimonio hasta el 2.75%

 

Venezuela

Denominado “Impuesto a los Grandes Patrimonios” o IGP se trata de un gravamen al patrimonio neto de una categoría diferenciada de contribuyentes conocida como “Sujetos Pasivos Especiales”, los sujetos del impuesto pueden ser personas naturales o jurídicas que hayan recibido la calificación de “Contribuyente Especial” por parte de la Administración Tributaria Venezolana (SENIAT).

El tributo grava los patrimonios con valor igual o superior a ciento cincuenta millones de Unidades Tributarias.  Al momento de escribir este artículo, la Unidad Tributaria está valuada en mil quinientos bolívares (Bs 1.500,00).

Para ayudar al lector a hacerse una idea práctica, si bien todos los contribuyentes calificados como especiales por el SENIAT deberán presentar su declaración de Impuesto a los Grandes Patrimonios sólo deberán pagar este impuesto quienes posean un patrimonio neto con un valor igual o superior al equivalente en bolívares de 640.000 dólares.

La alícuota impositiva del IGP es el 0.25% del patrimonio neto. Entre los retos de este tributo está la determinación del valor de la base imponible, puesto que la Administración Tributaria en Venezuela, hasta la fecha de escribir este artículo, no ha publicado en el portal fiscal las normas de actualización del valor de los activos.

 

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Sobre las autoras

Nancy Aguirre Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

 

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Guía de Estudio - Impuesto a los Grandes Patrimonios
julio 31, 2020

La guía del IGP es excelente, repleta de información muy útil para hacer está declaración. Todo está muy bien explicado y sustentado con sus bases legales. Está guía es justo lo que estaba buscando, una solución que me dé la orientación y las herramientas para preparar este impuesto con criterio.


 
 
 
 

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