Los Contribuyentes Especiales y el IVA. Anticipos y modificación del período impositivo

La mayor carga de la reforma tributaria de 2018 en Venezuela la llevan los Sujetos Pasivos Especiales, mejor conocidos como Contribuyentes Especiales. Para facilitar su comprensión hemos dividido el tratamiento de las modificaciones del régimen del IVA y del ISLR en dos artículos diferentes, aunque ambos tienen origen en un único Decreto Constituyente.

Si deseas información general sobre los Contribuyentes Especiales, lee nuestro artículo dando ¡clic aquí!

Base Legal

El basamento legal, es el decreto Constituyente mediante el cual se establece el Régimen Temporal de Pago de Anticipo del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Sobre la Renta para los Sujetos Pasivos Calificados como Especiales que se dediquen a realizar actividad económica distinta de la explotación de minas, hidrocarburos y actividades conexas, y no sean perceptores de regalías derivadas de dichas explotaciones, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.396 del Martes 21 de Agosto de 2018. [ clic aquí ]

 

Modificación del Período Impositivo del IVA

A partir del 01 de Septiembre de 2018, el período impositivo del IVA para los Contribuyentes Especiales deja de ser mensual, para ser semanal.

En la práctica, en vez de tener un cierre mensual, los contribuyentes especiales tendrán un cierre todas las semanas. Esto, por supuesto, será un reto para los equipos de tributos y contabilidad de los Sujetos Pasivos Especiales, tanto para los que tienen contadores internos como externos pues deberán procesar todas las facturas de compras y ventas de la semana, a los fines de realizar la determinación del tributo.

Es importante tener en cuenta que los períodos impositivos son distintos de los plazos para realizar la declaración y pago del tributo, por lo que es imprescindible contar con el pronunciamiento de la Administración Tributaria para que, mediante Providencia Administrativa, aclare cuál será el plazo para realizar la declaración y el pago del IVA.

Visto que los Contribuyentes Especiales tienen un calendario diferenciado de los Contribuyentes Ordinarios para cumplir con sus obligaciones tributarias, es lógico esperar que el SENIAT realice una modificación al calendario de contribuyentes especiales, visto que se modificó el período impositivo del IVA.

 

Anticipos del IVA

Además del pago semanal, los Contribuyentes Especiales, deberán pagar un “anticipo del IVA”, es decir tienen que hacer un pago adelantado del IVA que percibirán durante el período impositivo en curso.

 

¿Cómo se determinará el anticipo del IVA?

De la lectura del Art. 5° del Decreto Constituyente, el anticipo del IVA se calculará dividiendo el IVA declarado en la semana anterior entre el número de días hábiles de esa semana.

Parece entonces que se trata de un día promedio de IVA recaudado en la semana.

 

¿El anticipo del IVA es deducible?

Sí, el Art. 9° del Decreto Constituyente establece que el anticipo del IVA pagado será deducible de la declaración del IVA a realizar en la semana.

 

¿Cuándo y cómo se pagará el Anticipo del IVA?

Visto que el anticipo del IVA depende de la declaración y pago del IVA de la semana anterior, la lógica nos indica que esto deberá pagarse luego de hacer la declaración y pago del IVA con el que está vinculado.

Sin lugar a dudas es necesario el pronunciamiento de la Administración Tributaria para que, mediante Providencia Administrativa, aclare cómo será el mecanismo y cuál será el plazo para realizar la declaración y el pago del anticipo del IVA.

También se necesita el pronunciamiento del SENIAT a través de Providencia Administrativa para que aclare si el pago será diario o semanal, porque luego de la lectura del Decreto Constituyente hay posiciones encontradas al respecto.

 

¿Cuánto tiempo durará el “Régimen Temporal”?

Si bien el Decreto Constituyente establece un “Régimen Temporal” en el articulado del texto no aparece mención al tiempo de duración de este régimen, por tanto consideramos prudente entender esto como una modificación por tiempo indefinido.

 

Mi negocio está calificado como Sujeto Pasivo Especial ¿Cómo me preparo para el nuevo régimen del IVA?

Insistimos en la necesidad de leer las Providencias Administrativas que deberá emitir el SENIAT en los próximos días para aclarar muchos detalles de funcionamiento, sin embargo, debido a la premura con la que se ejecutará la modificación del Régimen del IVA y de la publicación de los Decretos Constituyentes que permiten un análisis inicial, creemos pertinente que los Sujetos Pasivos Especiales y sus equipos de contabilidad e impuestos, sean internos o externos, comiencen a preparar desde ya un plan de adecuación a estos cambios.

Nuestros seguidores en Instagram [ ¡síguenos aquí! ], Facebook [ ¡únete aquí! ] y Twitter [ ¡síguenos aquí! ] saben que nuestro equipo ha estado dedicado a estudiar, discutir y preparar pautas de asesoramiento para nuestros clientes. Nuestro equipo ha estado trabajando con dedicación, revisando teorías económicas que pueden explicarnos el porqué de estos anticipos, escudriñando no sólo los Decretos Constituyentes sino el resto del marco legal que afecta a las empresas en el ámbito tributario y, finalmente, conversando con distintos clientes y dueños de negocios para considerar el impacto financiero que, en sus operaciones, tendrá este nuevo régimen del IVA.

Puedes leer nuestro #NaymaAnálisis, que incluye un análisis profundo de los Decretos Constituyentes y una estimación de impacto para las organizaciones y sus equipos de contabilidad, finanzas y tributos ¡dando clic aquí!

En vista de la complejidad de la reforma, la cantidad de tributos modificados y el  régimen diferenciado para los Contribuyentes Especiales, trataremos el detalle de las modificaciones en publicaciones separadas para facilitar su entendimiento y comprensión.

  • Reforma Tributaria en Venezuela de 2018 [ ¡Lee aquí! ]
  • Reforma parcial del Decreto-Ley del IVA [ ¡Lee aquí! ]
  • Los Contribuyentes Especiales y los Anticipos del ISLR. [ ¡Lee aquí! ]
  • Reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras [ ¡Lee aquí! ]

Guía Práctica de Contribuyentes Especiales

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Sobre la autora

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado egresada de la Universidad de los Andes y Lcda. en Relaciones Industriales egresada de la Universidad de Carabobo. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Asesora de la Cámara de Industriales del Estado Aragua. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial.

 

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