Importancia de la contabilidad para los impuestos

Toda actividad económica, sin importar el tamaño de la entidad, el ámbito donde ésta se desenvuelva, o incluso si hay o no un fin de lucro involucrado, requiere de un registro detallado y ordenado de operaciones, para administrar la entidad, cuantificar y proyectar sus resultados, conocer y controlar sus movimientos patrimoniales, gestionar sus activos y pasivos y ofrecer información relevante a socios, asociados, accionistas administradores, acreedores, entes reguladores y terceros en general, según el caso.
 
En el campo empresarial la importancia de estos registros es superlativa y es un elemento esencial para que exista un intercambio económico regular, ordenado, transparente y seguro.
 
No sólo el empresario tiene interés en conocer los resultados actuales y futuros de su negocio, sino que también están los terceros que contratan con él y el propio Estado como titular de poderes, potestades y competencias tributarias, o regulador de ciertas actividades económicas.
 
La contabilidad es el sistema de registro, resumen, análisis, verificación y reporte de transacciones comerciales y financieras, de una entidad económica en un período determinado.
 
Como dice Humberto Romero-Muci: “La contabilidad transforma datos en información (hechos económicos) y los recoge asignándole significados y valoraciones económicas (hechos contables), según un orden técnico que condiciona el actuar. Se consigue así obtener la información contable que sintetiza hechos y presenta una información inteligible para los usuarios, concretada en documentos denominados, estados contables.” (El derecho y el revés de la contabilidad, 2010).

 

El asiento y los libros contables ¿prueba de los hechos económicos?

 
Si bien es verdad que el asiento contable es la representación escrita y cuantitativa de un hecho económico, que depende de factores como la forma y la técnica utilizada por quien hace el registro y de su interpretación del hecho que va a ser objeto de transcripción, es importante entender que el asiento está vinculado con otros documentos que también son pruebas del hecho económico registrado.
 
La realidad es que los libros se alimentan normalmente de hechos que ya están registrados en otros medios de prueba, y en estos casos existe una conexión inescindible que el operador jurídico no puede soslayar. Este aserto es reconocido de manera expresa en el artículo 88 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, de acuerdo con el cual: “Las anotaciones o asientos que se hagan en dichos libros y registros deberán estar apoyados en los comprobantes correspondientes y sólo de la fe que éstos merezcan surgirá el valor probatorio de aquéllos.”
 
El conjunto de evidencias que integran los libros contables y sus comprobantes es la mejor prueba posible de los hechos económicos allí registrados. Si no fuere así, entonces cabe preguntarse ¿Cuál es la prueba pertinente y conducente de los hechos económicos relevantes para un negocio o empresa cualquiera? ¿Existe alguna otra forma de representación y registro más válida y fidedigna que la contabilidad y sus comprobantes?
 
Si la respuesta a las anteriores interrogantes es negativa, entonces la pregunta obligada es si debemos abdicar de probar a través de la contabilidad y sus comprobantes. Desde luego que no, la contabilidad y sus comprobantes son la prueba más acabada y fidedigna de las operaciones de una entidad económica; no hay otra prueba mejor y además no es necesaria en la mayoría de los casos.
 

Importancia de las normas de contabilidad y la determinación tributaria

 
Por otro lado, y en cuanto concierne a aquellos asientos que implican necesariamente la realización de estimaciones, prospecciones, valoraciones subjetivas, y expectativas plausibles o razonables sobre hechos económicos que pueden afectar en el futuro la situación financiera de la entidad económica, no debe olvidarse que este tipo de asientos se hacen -o deben hacerse- atendiendo a principios y reglas universales que son el producto de la experiencia acumulada durante años, del consenso de los profesionales especializados sobre las mejores prácticas y procedimientos, y de los avances de las ciencias económicas, administrativas y contables.
 
Contemplar estos principios y reglas como un simple conjunto de técnicas imperfectas que sólo aspiran -pero no alcanzan nunca- a documentar con un grado aceptable de certeza, la representación de los movimientos económicos y financieros de una entidad, pareciera un desprecio injustificado al esfuerzo global de la profesión contable de perfeccionar los principios de aceptación general que orientan y disciplinan su actividad.
 
Si no es la aplicación de estos principios y reglas, el camino adecuado para que la contabilidad y sus comprobantes representen de manera fidedigna las realidades económicas registradas, entonces ¿cuál es el camino a elegir? Si no se puede responder esta pregunta sugiriendo una mejor y más fidedigna técnica de registro, entonces no debe despreciarse la que ya existe y funciona, aunque siempre sea perfectible.
 
Lo que no puede (no debe) ocurrir es que los movimientos económicos y financieros de las entidades económicas, carezcan de un mecanismo de registro y representación en torno al cual existe un consenso sobre su aceptación y validez, pues lo contrario sería el caos y la incertidumbre.
 
Es necesario reconocer que la profesión contable ha logrado un grado de desarrollo remarcable, que se ha proyectado especialmente en la unificación y universalización de reglas, procedimientos y mejores prácticas.
 
Estas reglas, procedimientos y mejores prácticas no son arbitrarios o carentes de racionalidad, es decir, no se han impuesto por la fuerza o la voluntad de un grupo, sino que derivan de un consenso profesional que se basa en la mejor experiencia acumulada durante muchos años de praxis; en la corrección de los errores cometidos y las desviaciones ocurridas en el pasado, así como en los aciertos alcanzados a través del ensayo de nuevas y más depuradas técnicas de representación y registro; en el estudio de los fenómenos económicos y financieros desde múltiples perspectivas y a partir de un enfoque global pero que ha sido nutrido por la información proveniente de las particularidades de cada país, y adaptado a estas realidades a través las organizaciones gremiales locales, que de acuerdo con las normas respectivas, deban cumplir tales funciones; y finalmente, modulándose en función del tamaño, la naturaleza y la actividad de las entidades económicas cuya información debe ser procesada y representada contablemente.
 
A diferencia de lo que ocurre en el Derecho y especialmente en el Derecho Tributario, donde existen inmensas y casi insalvables asimetrías en la regulación de los mismos fenómenos de la realidad, la contaduría ha alcanzado un lenguaje común, y ese logro tan importante no puede ser desdeñado, en especial en cuanto concierne al problema de la determinación de los tributos.

 

[ Texto publicado originalmente como hilo de Twitter por Luis Fraga-Pittaluga, reproducido con autorización de su autor ]

 

Sobre el autor

Luis Fraga PittalugaLuis Fraga-Pittaluga es abogado especialista en Derecho Procesal y Derecho Administrativo . Ha sido docente de derecho financiero en distintas universidades venezolanas y profesor invitado del Instituto Nacional de Administración Pública de España. Posee más de 30 años experiencia en el ejercicio de la abogacía. Es árbitro y mediador en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Caracas y el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje de VENAMCHAM. Su actividad profesional se concentra en la planificación y asesoría en materia tributaria, auditoría tributaria, reorganizaciones y adquisiciones corporativas, doble tributación internacional, empresas mixtas y consorcios de servicios, contratos de servicio, tecnología y asistencia técnica y estructuras internacionales de financiamiento. Autor de diferentes libros de Derecho Tributario. Puedes puedes leer su web ¡clic aquí!, seguirlo en twitter ¡clic aquí!, ver su canal de YouTube ¡clic aquí! o seguirlo en instagram ¡clic aquí!

 

 

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Muy interesante y completa, explicación detallada de como declarar con la exoneración, explica varios casos y con su base legal, excelente. Muchas gracias por estas ayudas.


 
 
 

2 comentarios en “Importancia de la contabilidad para los impuestos”

  1. Isbelia Gonzalez

    Excelente me encanta todas sus publicaciones me nutren y me mantienen al dia gradecida por ayudarnos a tantos profesionales en esta crisis de valores y respeto al trabajo. Gracias

    1. Nayma Consultores

      Hola Isbelia,
      Gracias por apreciar el trabajo que hacemos, tanto de divulgación de contenidos de nuestros colaboradores como de los que elabora nuestro propio equipo. Saludos.

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