Determinación de Tributos Municipales en Petro – Caso de la Alcaldía de Vargas

El 24 de Septiembre de 2018 se publicó en la Gaceta Municipal del Municipio Vargas, Estado Vargas de Venezuela, varias Ordenanzas Municipales y reformas a Ordenanzas Municipales que establecen el uso del Petro como unidad de medida para determinar la cuantía de la deuda tributaria en los siguientes casos:

  • Pago y Control de Tasas por servicios administrativos
  • Impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar.
  • Impuesto, registro, autorización y expendio de bebidas alcohólicas.
  • Espectáculos públicos.
  • Impuesto de vehículo
  • Propaganda y publicidad comercial.

Tuvimos conocimiento de esta situación gracias al aporte del Sr. Alexander Da Corte quien es un miembro activo de nuestro grupo Finanzas, Tributos y Recursos Humanos en Facebook. Unirte es muy sencillo, sólo debes dar ¡clic aquí!

 

Para descargar la Gaceta Municipal ¡clic aquí! Agradecemos al Lcdo. José Hernández y a la Dra. Ysabel Figueira por haber compartido con nosotros este documento.

 

¿Están cobrando tributos municipales en Petro?

No. El pago de los tributos municipales continúa haciéndose en Bolívares, la Unidad Monetaria de Venezuela. Puedes darte cuenta al ver la página de recaudación de la alcaldía ¡clic aquí! de donde tomamos la captura de pantalla que ves abajo.

Entonces ¿qué están haciendo con el Petro?

 

Están usando el valor del Petro como substituto de la Unidad Tributaria. Debes recordar que al ser ajustado el valor de la UT a Bs. 17,00 el Superintendente Nacional Tributario prohibió su uso para la determinación de tributos que no sean nacionales. Sí, se extralimitó en sus funciones, más de hecho esta orden se está cumpliendo. Obviamente las alcaldías se vieron forzadas a cambiar la manera como determinan los tributos municipales, si esta fijación estaba basada en cierto número de Unidades Tributarias.

Es importante recordar que de acuerdo al principio de Autonomía previsto en el Art. 3° de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y en concordancia con lo previsto en los Art. 160 y 161 de la misma ley, los municipios pueden dictar ordenanzas en lo referido a la manera de determinar la cuantía de las deudas tributarias que tienen los contribuyentes del municipio en las áreas de su competencia. [ Para leer la ley ¡clic aquí! ]

Podría pensarse que el uso del Petro protegería a la administración municipal de los efectos de la inflación porque, en teoría, el valor del Petro debería fluctuar con respecto a la cotización del barril de petróleo de la cesta venezolana. En la práctica el valor del Petro ha permanecido fijo en Bs. 3.600,00 desde el 17 de Agosto de 2018, cotización que se puede ver en la página web del BCV [ clic aquí ]

 

El Petro como unidad de cuenta

Como bien relata  el Dr. Juan Cristóbal Carmona en su trabajo «Las múltiples caras de los criptoactivos» el día “17 de agosto de 2018, Nicolás Maduro anunció la utilización del PETRO como “Unidad de Cuenta Fluctuante”, es decir, como una simple medida acordada para expresar cuantitativamente los salarios y el precio de bienes y servicios de una manera uniforme y ajustable en el tiempo, específicamente para fijar el precio de cincuenta (50) bienes y servicios prioritarios (Plan 50) y la escala salarial.”

La circular N° 14226, emitida por SUDEBAN el jueves 23 de agosto señala “la obligación de la adopción del petro como unidad de cuenta de acuerdo con lo establecido en el proceso de reconversión monetaria”, aunque en ninguno de los Decretos de la Reconversión Monetaria se haga mención expresa de esta obligación, más allá de una comunicación verbal en cadena nacional del Sr. Nicolás Maduro.  En la práctica, las instituciones bancarias fueron paulatinamente incorporando el símbolo del Petro a la expresión de los estados de cuenta de sus clientes y ahora la información financiera está disponible tanto en Bolívares Soberanos como en Petro.

El trámite del Pasaporte, a pesar de que la Sra. Delcy Rodríguez anunció que debería pagarse en Petros a partir del 01 de Noviembre de 2018, se está pagando en el monto en Bolívares Soberanos equivalente a la tasa anunciada en Petro. [ Más información ¡clic aquí! ] por lo que parece que a efectos del SAIME el Petro se está usando como un substituto del valor de la Unidad Tributaria.

Un uso similar le ha otorgado el Tribunal Supremo de Justicia al emitir una sentencia condenando al pago de una suma en Petros que deberán ser cancelados en su equivalente en Bolívares. Puedes leer el resumen de la sentencia ¡dando clic aquí!

En Nayma Consultores hemos venido escribiendo sobre el Petro desde su anuncio en Diciembre de 2017, puedes leer nuestros artículo ¡haciendo clic aquí!

 

¿Qué podemos esperar?

Con la prohibición del uso del valor de la Unidad Tributaria como referente para la determinación de tributos, tasas y contribuciones que no se refieran a Impuestos Nacionales, es muy probable que veamos a más instituciones tomando el Petro como unidad de referencia para la determinación de los compromisos de pago que deban cumplir los ciudadanos, siendo el SAIME y la Alcaldía de Vargas los primeros ejemplos de esta práctica aunque seguramente no serán los únicos.

Es importante entender que este uso referencial se parece más al que se le daba a la Unidad Tributaria que al de transacciones con criptoactivos basadas en blockchain, que era en principio el objetivo del Petro, o al uso del valor de la criptomoneda estatal como unidad de cuenta contable.

 

Para profundizar en este tema, te recomendamos nuestra “Guía de Iniciación en Criptomonedas y Criptoactivos

Sobre las autoras

Nancy Aguirre Lcda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

 

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