Decreto de Exoneración de ISLR para Personas Naturales – Ejercicio 2020

La noche del 21 de Enero de 2021 se pudo conocer la Gaceta Oficial N°42.049 con fecha 18 de Enero de 2021 que contiene el Decreto 4.420 mediante el cual se exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta el enriquecimiento anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país durante el ejercicio fiscal 2020 cuyo salario normal o ingreso proveniente de su actividad al cierre de dicho ejercicio no supere el monto equivalente a cinco (5) salarios mínimos.

 

¿Qué es una exoneración?

Dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria concedida por el Ejecutivo Nacional u otra Administración Tributaria, mediante potestad conferida a través de la Ley.

Una dispensa es un privilegio o excepción de lo ordenado por las leyes generales que exime de una obligación.

En este caso, se trata de una excepción para las Personas Naturales que están obligadas al pago del ISLR previsto en el Art. 79 de la LISLR para los enriquecimientos mayores o iguales a 1000 UT siempre que el enriquecimiento anual no supere el monto equivalente a cinco (5) salarios mínimos.

 

¿Qué dice el Decreto de Exoneración?

 


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Sobre las autoras

Nancy Aguirre Licda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

 

 

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17 comentarios en “Decreto de Exoneración de ISLR para Personas Naturales – Ejercicio 2020”

  1. Buenos dias muy buena sus observaciones siempre me actualizo con sus comentario ahora es e leido comentario sobre la exoneracion y mucho lo hacen en base a 5 salario y no a 5000 ut muchos no estan claro en eso.

    1. Nayma Consultores

      Hola Henry,
      Que bueno saber que confías en nuestro criterio. Estudiamos mucho y escribimos con responsabilidad porque sabemos que esas miles de visitas, significan en realidad miles de personas leyendo lo que escribimos y esa es una gran responsabilidad.
      El fin de semana hubo demasiada confusión con las gacetas, posiblemente algunos no se han enterado de la modificación.

  2. Guillermo Valencia

    Muchas gracias por toda la valiosa información que nos ofrecen. Quisiera preguntarles acerca de como se efectúa la declaración de ISLR de una persona jubilada para que no se genere un monto a pagar ya que es su único ingreso.

    1. Nayma Consultores

      Hola Guillermo,
      Si la persona es jubilada y la jubilación es su único ingreso no debería hacer declaración de ISLR porque no tiene rentas gravadas, no genera renta. En caso de que quiera hacerla por cumplir un «deber formal» debes seleccionar la opción «rentas exoneradas» e incluir allí el monto de la jubilación. Eso lo explicamos paso a paso en la Guía de Declaración. Saludos.

  3. buenos dias, muy bueno el articulo pero quiero saber como hacer mi declaracion soy asalariada y por supuesto paso de 7500000 al año

    1. Nayma Consultores

      Hola Carolina,

      El uso del portal fiscal es delicado, no te recomendamos que tu misma te pongas a hacer una declaración de ISLR sin conocer la ley de ISLR, ni saber llenar el formulario. Saludos.

  4. Buenas noches me parece interesante no solo este articulo sino todas las publicaciones que hacen para aclarar dudas de como declarar ISLR…. Tengo una duda una persona recibe salario año 2020, pero también percibe pensión, quería saber de acuerdo a una publicación de ustedes que dice asi: Si los ingresos provienen exclusivamente por pensión y jubilación no debe declarar ni pagar ISLR son rentas exoneradas..Esto quiere decir que solo declaro el ingreso percibido por salario……

    1. Nayma Consultores

      Hola Alba,
      Cuando un pensionado hace su declaración de rentas, sí y solo sí, ademas posee rentas gravadas debe seleccionar que posee rentas exentas en el formulario de declaración en el portal fiscal del SENIAT. Entonces en la parte de rentas exentas declara lo que recibió por su pensión y en la parte de rentas gravadas sus otros ingresos, gastos y costos.

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