Armonización tributaria municipal: Determinación de impuestos municipales en petros, registro único de contribuyentes y más

El domingo 09 de Agosto de 2020 se conoció a través de la prensa que los alcaldes de 305 municipios de Venezuela suscribieron un «Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal».  Este acuerdo ocurrió en el seno del Consejo Bolivariano de Alcaldes y Alcaldesas.

Es importante recordar que el Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia 0078 del 07 de Julio de 2020 suspendió el cobro de tasas y contribuciones en los municipios del país, así como también ordenó la creación de mesas técnicas de armonización tributaria en coordinación con la vicepresidencia para el área económica.

 

 

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SALA CONSTITUCIONAL DEL TSJ SUSPENDE APLICACIÓN DE NORMAS DICTADAS EN ESTADOS O MUNICIPIOS QUE ESTABLEZCAN TASAS TRIBUTARIAS. En Sentencia N° 078-2020 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a través de una #MedidaCautelar suspendió por 90 días, la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establezcan algún tipo de #tasa o #contribución de naturaleza #tributaria, así como cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad, por los #alcaldes o #gobernadores. Asímismo, ordenó a Tareck El Aissami Vicepresidente Sectorial del área Económica y Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción para que, junto con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, conforme una mesa técnica a fin de coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria, en particular, para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos. Esta sentencia tiene consecuencias, no sólo para las Administraciones Tributarias Municipales del país, sino también para los contribuyentes de las distintas tasas, contribuciones y tributos municipales en Venezuela. Nos encontramos preparando un análisis con consideraciones respecto de esta cautelar. ¿Lo quieres? Déjanos tu correo en los comentarios y te enviaremos el enlace para leerlo. #|GACETAS|#

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¿Qué es el poder tributario municipal?

Amalia Octavio en “Temas sobre Tributación Municipal en Venezuela” (AVDT, 2013) define la potestad tributaria como «la facultad otorgada a un determinado ente público, por la Constitución o la ley, de crear, organizar, recaudar, administrar y controlar tributos.»

La atribución de tributos concretos a los municipios en el texto de la Constitución se conoce como “Poder tributario”. Está desarrollado en los artículos 179 y 180 del texto constitucional, mientras que las limitaciones al poder tributario municipal se establecen en el artículo 183 de nuestra Carta Magna.

En la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se desarrollan los principios constitucionales sobre el régimen municipal. Será necesario disponer del texto oficial del «Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal» suscrito en el Consejo Bolivariano de Alcaldes y Alcaldesas para compararlo con la legislación vigente en materia municipal y analizar sus efectos prácticos en los municipios.

 

¿De qué se trata la armonización tributaria municipal?

La armonización tributaria municipal y estadal es una potestad consagrada al Poder Público Nacional frente a Estado y Municipios en el Art. 156.13 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.  Textualmente reza lo siguiente: » Es de la competencia del Poder Público Nacional: (…) La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias; para definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales; así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial»

 

¿Qué sabemos del Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal?

Podemos resumir en siete puntos clave la información que se dispone sobre el «Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal»

  1. Crea un Registro Único de Contribuyentes Municipales
  2. Prohíbe el cobro de tributos en divisas extranjeras.
  3. Aprueba el uso del criptoactivo Petro como Unidad de Cuenta.
  4. Simplifica el Calificador Único de Actividades Económicas, Industria, Comercio, e Índole Similar. De acuerdo con declaraciones de la Sra. Delcy Rodríguez, este calificador tendrá ahora 22 códigos.
  5. Incluye una tabla de valores de la Construcción y de la tierra.
  6. Será el titular de la vicepresidencia para el área económica quien presente este acuerdo ante el TSJ en virtud de la orden judicial dispuesta en la sentencia 0078.
  7. La puesta en marcha de los puntos del acuerdo requiere que los Concejos Municipales creen, deroguen o reformen sus ordenanzas.

Es importante recordar que el uso del Petro como unidad de cuenta comenzó en 2018 en la Alcaldía del Municipio Vargas [ lo escribimos aquí ] y se extendió por toda la geografía nacional abarcando desde los mínimos tributables, hasta tasas de aseo urbano, así como base de cálculo para la determinación de diversos impuestos.

Llama la atención que en los reportes del acuerdo no hay información sobre tasas y contribuciones municipales, siendo que en la dispositiva de la sentencia 0078 del TSJ se hace mención expresa a ellas. Es importante esperar a contar con la publicación oficial del acuerdo para saber si hay mención sobre las tasas y contribuciones.

 

Sobre las autoras

Nancy Aguirre Lcda. en Relaciones Industriales y Contaduría Pública, egresada de la Universidad de Carabobo. Certificada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. Consultora y Asesora Empresarial. Posee más de 40 años de experiencia en el ejercicio profesional, se ha desempeñado tanto en el sector público como en el privado. Fundadora de Nayma Consultores.

 

Mariela LloveraMariela Llovera es Abogado y Lcda. en Relaciones Industriales. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

 

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6 comentarios en “Armonización tributaria municipal: Determinación de impuestos municipales en petros, registro único de contribuyentes y más”

  1. muy bueno, pero que pasa con los tributos que tiene que pagar los administrados a las alcaldía de años anteiores, por ejemplo si la ordenanza empieza a etar vigente a partir del 2021, la deuda de 2020 se paga a precio de 2021? cabe que las Alcadía multen por no declarar en los 90 dias de suspension de pagos

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