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Factura fiscal en Venezuela

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ SIRVE? ¿CUÁNDO DEBES USARLA?

La factura es un documento mercantil que refleja la compraventa de bienes o la prestación de servicios. Consiste en un instrumento emitido por el vendedor que se entrega al comprador.

Es común que en la factura se incluya la información necesaria para individualizar los productos y establecer las condiciones de ejecución del contrato de compraventa.

La factura es el documento que respalda la relación comercial entre comprador y vendedor, y garantiza que la operación se registre de forma transparente y conforme al acuerdo entre las partes.

En la actualidad, la factura trasciende su función mercantil para adquirir una relevancia fiscal significativa.

¿Qué es una factura fiscal?

Una factura fiscal es mucho más que un simple comprobante de venta.  En ella se documenta la entrega de bienes o servicios, especificando montos adeudados y convirtiéndose en el principal soporte y registro de la transacción.

Más allá de lo contable, la factura es un documento tributario que respalda el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente en lo relativo al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la deducibilidad de los gastos para la determinación del Impuesto Sobre La Renta (ISLR).

La factura, es un instrumento de control fiscal y por tanto, debe cumplir con requisitos que garanticen su autenticidad, integridad y disponibilidad.

Las facturas en papel tradicionalmente han ofrecido garantías físicas como firmas, marcas de agua y normas de conservación documental.

Sin embargo, con la evolución digital, surgen nuevas herramientas —como la facturación electrónica— que cumplen con los mismos estándares mediante mecanismos tecnológicos.

Base legal de la facturación en Venezuela

La normativa tributaria venezolana establece minuciosamente los requisitos que debe contener una factura y los medios de emisión a utilizar por parte de los actores económicos.

La base legal general de la facturación en Venezuela se encuentra en:

  • Código de Comercio (Art. 124 y 147)
  • Código Orgánico Tributario. (Art. 101 y 120.2)
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) (Art. 3, 5, 10, 33, y 54 al 57)
  • Reglamento de la Ley del IVA (Art. 62 al 69)
  • Ley de ISLR (Art. 23 Parágrafo Primero, 88, 89)
  • Reglamento de la Ley de ISLR (Art. 4 Parágrafo Primero, 175, 176 y Art. 190.2)
  • Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (Art. 4.6 y 7)
  • Providencia Administrativa SNAT/2022/0013 de Percepción de IGTF (Art. 5 y 6)
  • Providencia 0071 de facturación.
  • Providencia 0141 de imprentas y máquinas fiscales
  • Providencia 00102: Facturación digital.
  • Providencia 00121: Sistemas informáticos de facturación y sus proveedores.

¡TODAS ESTÁN VIGENTES!

¿Quiénes deben emitir facturas?

Las personas naturales y jurídicas, sean industriales, comerciantes o prestadores de servicios que:

  • Vendan bienes muebles (gravados o exentos de IVA)
  • Presten servicios a título oneroso (gravados o exentos de IVA), como por ejemplo:
    • Honorarios profesionales
    • Contratos de obra cuando el contratista aporte los materiales.
    • Suministros de servicios básicos (agua, electricidad, teléfono, aseo)
    • Arrendamientos de bienes muebles
    • Arrendamiento de bienes inmuebles con fines distintos al residencial
    • Actividades realizadas por clubes sociales o deportivos.

Importante: La lista anterior es solo una guía referencial. Si tu actividad no aparece allí, eso no implica que no debas facturar. La obligación de emitir factura depende de lo establecido en la normativa fiscal vigente.

Tipos de facturas fiscales en Venezuela

En Venezuela, de acuerdo a lo dispuesto en las Providencia 0071 y 00102 tenemos distintos tipos de facturas fiscales, dependiendo de los medios de emisión que el vendedor deba o pueda usar.

  • Máquina o impresora fiscal. (PA 0071 Art. 6.3 y Art 8)
  • Medios digitales a través de imprenta fiscal digital autorizada. (PA 00102)Formato físico de factura pre-impreso en papel elaborado en imprenta fiscal autorizada para ser llenado a mano. (PA 0071 Art. 6.1 y Art. 7.1 )
  • Forma libre pre-impresa en papel elaborada por imprenta fiscal autorizada. (PA 0071 Art. 6.2, Art. 7.2, Art. 7.3, Art. 31)

Para cada tipo de factura existen una serie de requisitos y formalidades que deben cumplirse. Tanto en el medio de emisión, como en el sistema empleado y el contenido del documento.

A continuación te presentamos ejemplos de factura manual y factura forma libre.

Factura Manual:

Se refiere a un formato de factura pre-impreso en papel con número de factura, número de control y campos con información obligatoria, elaborado por una imprenta autorizada. Su característica fundamental es que está diseñada exclusivamente para ser llenado de forma manuscrita.

A continuación, te presentamos, a efectos didácticos, un modelo de formato de factura manual de acuerdo con lo exigido por la PA 0071

Modelo de factura fiscal Venezuela formato pre impreso factura manual serie PA 0071

Forma Libre:

Este medio de emisión también utiliza papel pre-impreso, pero solo trae la identificación del emisor, el número de control, la denominación “FORMA LIBRE” y es elaborado por una imprenta autorizada por el SENIAT. Sin embargo, a diferencia de la factura manual, la «forma libre» está destinada exclusivamente para llenado mediante un sistema computarizado o automatizado.

Como por ejemplo, el modelo didáctico que puedes ver en la imagen a continuación:

Modelo de factura fiscal Venezuela forma libre PA 0071

Incumplir con estas obligaciones tributarias, entiéndase deberes formales, trae como consecuencia sanciones económicas (multas) y clausura del establecimiento.

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Así mismo, la emisión de facturas por medios no autorizados o no emplear el medio de facturación obligatorio se considera indicio de defraudación fiscal.

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Comprobantes de Retención: ¿son documentos fiscales? ¿Puedo hacerlos en Excel? ¿Deben emitirse solamente con sistemas homologados?

Transición y alternativas: Opciones para pequeños negocios y profesionales independientes.

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Fecha de publicación: 17 de julio de 2025

Sobre las autoras

Nancy Aguirre

Contador Público Colegiado y Lcda. en Relaciones Industriales

Destacada profesional aragüeña con más de 40 años de experiencia en Relaciones Industriales y Contaduría Pública. Es Licenciada en Relaciones Industriales y Contaduría Pública por la Universidad de Carabobo y cuenta con una certificación en Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES) otorgada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. A lo largo de su extensa carrera, Nancy ha trabajado tanto en el sector público como en el privado, acumulando una amplia experiencia en diversas áreas empresariales. Fundadora de Nayma Consultores, se dedica a brindar consultoría y asesoría empresarial estratégica, enfocada en optimizar el rendimiento y el éxito de sus clientes. Su destacada trayectoria le ha valido el reconocimiento de la orden «Dr. Elio Romero» del Centro de Profesionales del Estado Aragua (CEPROARAGUA), en reconocimiento a su aporte al gremio de Contaduría Pública en su estado natal

Mariela Llovera

Mariela Llovera

Abogado, Lcda. en Relaciones Industriales y Avaluadora

Posee experiencia en Recursos Humanos, Tributos, Derecho Mercantil y Laboral, brindando asesoría a diversas organizaciones venezolanas. Diplomada en Normas Internacionales de Información Financiera por la Pontificia Universidad Javeriana y formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee un diplomado en Diseño de Tecnología Educativa del Massachusetts Institute of Technology (MIT). Apasionada por el Derecho Empresarial y Tributario, actualmente forma parte de la Junta Consultiva de la Cámara de Comercio Venezolano Italiana del Estado Aragua. Ha sido reconocida con la Orden José Casanova Godoy del Colegio de Abogados del Estado Aragua por su contribución a la difusión del Derecho Tributario y Laboral. Conferencista habitual en los Colegios de Contadores Públicos de Aragua y Miranda.

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2 comentarios en “Factura fiscal en Venezuela”

    1. Nayma Consultores

      Hola, José

      Gracias por tus palabras tan generosas. Que este artículo haya sido percibido como una clase magistral, al nivel de referentes como la ULA y la UCV, nos honra profundamente.

Responder a JOSE PAREDESCancelar respuesta

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