Sentencia: Domingo Día Feriado

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia N° 281 dictada en fecha 10 de diciembre de 2021 en el caso: C.A. Cervecería Regional, declaró que las partes de la relación laboral, no pueden acordar que el día domingo no es un día feriado, porque ello sería una violación del artículo 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así se dispuso:

“Las disposiciones derogadas, al determinar el día domingo como feriado o no hábil para el trabajo, lo consagraron como día de descanso semanal obligatorio, lo cual es ratificado por el artículo 88 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo del año 2006, cuando expresa que el trabajador tendrá derecho a descansar un día a la semana, el cual coincidirá con el día domingo.

Así pues, que la situación del trabajador que preste servicios durante un día feriado, tendrá derecho al salario correspondiente a ese día, además el que corresponda en razón al trabajo realizado, entonces el fundamento de esta disposición ha tenido su razón en que, aquél trabajador obligado a prestar sus servicios mientras la mayoría de la sociedad descansa, requiere una remuneración adicional compensatoria por su sacrificio, circunstancia que fue recogida en el artículo 120 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012) cuyo contenido dispone: “Cuando un trabajador o una trabajadora preste servicios en día feriado tendrá derecho al salario correspondiente a ese día y además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con recargo del cincuenta por ciento sobre el salario normal”.

Siendo entonces que los días domingos han sido considerados como días feriados por nuestra Legislación Laboral de forma reiterada, y dicha circunstancias no pueden ser relajados por convenios, ni contrataciones colectivas, así lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 90 al referir que “la jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales (…). Ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas extraordinarias, Se propenderá a la progresiva disminución de la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo conveniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras

En mérito de las consideraciones expuestas, no incurrió el Juez Superior en el vicio alegado, razón por la cual se declara sin lugar la presente denuncia. Así se decide.”

 

Sobre el autor:

Reinaldo Guilarte Lamuño. Abogado egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. Miembro de Número del Instituto Venezolano de Derecho Social; ha participado en la Sección Latinoamericana de Jóvenes Juristas de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Capítulo Venezuela). Profesor en la Universidad Católica Andrés Bello de 2009 a 2016. Fue miembro de la Junta Directiva del Instituto Venezolano de Derecho Social, para el período 2015-2017.

 

¡Estamos aquí para ayudarte!

El enfoque de la hoja de cálculo está en los costos de la gestión de personal referidos al pago de nómina tales como beneficios salariales y no salariales otorgados a los trabajadores, así como también los asociados a la provisión de material de trabajo, equipos de protección personal y uniformes.

Es ideal para profesionales del área de finanzas y administración de nómina. Un complemento perfecto para cuando se está estudiando la estructura de costos de la organización.

Para comprar ¡clic aquí!

 

 

¡Suscríbete a Nayma Consultores! Y así recibirás información actualizada en tu buzón de correo electrónico, invitaciones a eventos y seminarios, promociones y precios especiales en nuestras actividades presenciales y en línea.

 

#|LABORAL|# #/1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12/#

Nayma Consultores es una iniciativa de Nancy Aguirre y Mariela Llovera. Todos los derechos Reservados. Prohibida su reproducción total o parcial sin autorización expresa de los autores. ¡Lea las condiciones de uso aquí!

 

Nayma ha sido mi apoyo profesional en tiempos de cambio, un compartir constante de información para la toma de decisiones, y una amistad muy linda 👏👏👏👏🙌

 
 
 

Cuéntanos ¿Qué te pareció este artículo?

error: Nayma Consultores es una iniciativa de Nancy Aguirre y Mariela Llovera. Prohibida su reproducción total o parcial sin la autorización expresa de los autores. Para citarnos, solicite formalmente la autorización escribiendo a [email protected]