Aumento de Salario Mínimo en Venezuela – Mayo 2017

La tarde del domingo 30 de Abril de 2017 el Sr. Nicolás Maduro, presidente de Venezuela, anunció el decreto de aumento del Ingreso Mínimo Legal en Venezuela que incrementa el monto a pagar a los trabajadores por los conceptos correspondientes a Salario Mínimo y Cestaticket Socialista

Nuevamente, el anuncio de aumento se realiza contraviniendo lo establecido en el Art. 129 del Decreto de Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras que señala: “Previo estudio y mediante Decreto, el Ejecutivo Nacional fijará cada año el salario mínimo. A tal efecto, mediante amplia consulta conocerá las opiniones de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica

Inicialmente nos vimos obligados a realizar estos análisis sin contar con la Gaceta Oficial que aclarará muchas dudas sobre el monto exacto del aumento y el tratamiento del nuevo régimen de Cestaticket Socialista.

Aumento de Salario Mínimo

El Ingreso Mínimo Legal de los trabajadores en Venezuela pasó de Bs. 148.638,15 a Bs. 200.021,04 distribuidos de la siguiente manera: Bs. 65.021,04 mensuales por concepto de Salario Mínimo y Bs. 135.000,00 correspondientes al beneficio de Cestaticket Socialista.  Lo que configura un aumento general del 34.55%

 

Luego del anuncio presidencial, observamos con preocupación nuevamente los medios de comunicación y personalidades del área económica indicaban que el “Salario Integral” será de Bs. 200.021,04 al mes, dejando en evidencias u desconocimiento de los términos correctos en el área laboral. Lo correcto es denominar Ingreso Mínimo Legal a la suma del Salario Mínimo más el Cestaticket Socialista.

El “Salario Integral”, es la base de cálculo de las Prestaciones Sociales y está compuesto por el Salario Normal, más la alícuota de utilidades y bono vacacional (Art. 122 LOTTT). No incluye, en ningún momento el beneficio de Cestaticket, antiguo Bono de Alimentación. El Salario Integral varía dependiendo de la antigüedad del trabajador, el horario de trabajo, beneficios contractuales adicionales y de la cantidad de días de utilidades que pague el patrono.  No todos los trabajadores que perciben sueldo mínimo tienen el mismo “Salario Integral”.  Es importante aclarar esta confusión debido a que el monto que el trabajador percibe por concepto de Cestaticket NO tiene incidencia en el cálculo de vacaciones, bono vacacional, utilidades y prestaciones sociales.

Lo puedes ver mejor en el gráfico que te mostramos a continuación

 

 

El Aumento de la Cestaticket Socialista

El Sr. Maduro, aparte de aumentar la base de cálculo de la Cestaticket Socialista, que pasó de 12 Unidades Tributarias a 15 Unidades Tributarias diarias, anunció que, en adelante, se podrá pagar el beneficio en efectivo. Una de las características primordiales de la Cestaticket Socialista radicaba en su obligación de pagar a través de un medio electrónico que era aceptado solo para la compra de alimentos, limitando la libre disponibilidad de los fondos.  Esperaremos a tener la Gaceta Oficial que de más detalles sobre lo ocurrido con el beneficio de Cestaticket Socialista y la profundización de la desalarización del ingreso de los trabajadores.

[ Te recomendamos leer nuestro artículo «Efectos de la desalarización del ingreso de los trabajadores»]

¿El aumento beneficia a los trabajadores?

Es importante resaltar que este es un aumento que no es aumento. En medio de la ausencia de índices oficiales, los profesionales de la economía estiman que la inflación acumulada en el país es de 60% de Enero a Mayo 2017. En tanto que el aumento del Ingreso Mínimo Legal de los trabajadores equivale a 34.55%

Insistimos, sin atacar las causas de la inflación que lesiona el poder adquisitivo del salario y destruye el valor del bolívar, este aumento significará, en términos reales, que los trabajadores tengan menos capacidad real de compra para satisfacer sus necesidades de bienes y servicios.

Actualización La tarde del miércoles 03 de Mayo de 2017 fue publicada la G.O. Extraordinaria 6.296 que contiene el Decreto de Aumento de Salario Mínimo. Para leerla ¡clic aquí!

 

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Sobre la autora

Mariela LloveraMariela Llovera Abogado egresada de la Universidad de Los Andes y Lcda. en Relaciones Industriales egresada de la Universidad de Carabobo. Consultora en Gestión del Talento y Capacitación. Formada en Coaching y Docencia Universitaria en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Posee estudios avanzados de Mercadeo de Contenidos para Profesionales en Northwestern University y diplomado en Diseño de Tecnología Educativa en el Massachusetts Institute of Technology. Actualmente forma parte del equipo de asesores de la Cámara de Industriales del Estado Aragua. Estudiosa del tema tributario y del derecho empresarial. Fundadora de Nayma Consultores.

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